Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

Resolución 129/2021

RESOL-2021-129-APN-SPYMEYE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-98572829- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros. 24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 11 de fecha 7 de enero de 2014 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y el Contrato de Préstamo BID Nº 2923/OC-AR suscripto por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 11 de fecha 7 de enero de 2014, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1145, con destino al PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), el que fuera suscripto bajo la denominación Contrato de Préstamo BID Nº 2923/OC-AR por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 26 de marzo de 2014.

Que por el Artículo 4º del citado decreto, la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

Que por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el carácter de Autoridad de Aplicación en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificaciones, como así también las competencias de la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y DESARROLLO REGIONAL PYME de dicha Secretaría.

Que mediante la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y a fin de implementar la ejecución del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se aprobó el Reglamento Operativo de conformidad con lo establecido en el “Apartado a) de la Cláusula 3.02 Condiciones previas al primer desembolso del Capítulo III – Desembolsos” del Contrato de Préstamo BID Nº 2.923/OC-AR.

Que el Reglamento Operativo del mencionado Programa establece los términos, condiciones y procedimientos a ser observados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas interesadas en participar del mismo.

Que con el objetivo de incentivar el desarrollo y competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, resulta necesario establecer UNA (1) nueva convocatoria para la presentación de Proyectos en el marco del Sub componente 2.1 para la Iniciativa de Promoción del Conglomerado (IPROA) del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

Que en ese orden de ideas y de conformidad a los fundamentos expuestos por la Directora Nacional de Gestión y Política PYME mediante IF-2021-100244934-APN-DNGYPP#MDP, resulta necesario realizar llamados específicos, por tiempo determinado, para la presentación de Iniciativas de Promoción de Conglomerados (IPROA), por parte de Conglomerados compuestos por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del sector de Software y Sistemas Informáticos, tendiente a promover el desarrollo de productos y/o soluciones informáticas para apoyar la producción de bienes locales y promover la exportación de los productos y servicios del Conglomerado.

Que conforme IF-2021-109002847-APN-DNGYPP#MDP, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha manifestado su “No Objeción” al nuevo “Documento Ejecutivo de las Bases y Condiciones de la convocatoria para el Subcomponente 2.1 para la Iniciativa de Promoción del Conglomerado (IPROA) del PROGRAMA.

Que la Dirección de Presupuesto, dependiente de la Dirección General de Administración de Industria, Pyme, Comercio y Minería de la SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 4º del Decreto N°11/14.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a la presentación de Iniciativas de Promoción de Conglomerados en el marco del Subcomponente 2.1 Apoyo a la Competitividad y Articulación Productiva Territorial del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), cuyo Reglamento Operativo fuera aprobado por la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ARTÍCULO 2°.- La Convocatoria citada en el Artículo 1° de la presente medida tendrá la vigencia establecida en el Anexo I de la presente resolución y será por un monto máximo de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($25.000.000).

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Fuente de Financiamiento 2.2, del Programa 45, Actividad 43, de la Jurisdicción 51 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Servicio Administrativo Financiero 362, para el Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase el “DOCUMENTO EJECUTIVO - BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS DE PROMOCIÓN DE CONGLOMERADOS PRODUCTIVOS TIC (IPROA-TIC)”, que regirá, conjuntamente con el Reglamento Operativo aprobado por la Resolución Nº 1.212/14 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y sus modificatorias, la convocatoria, presentación de la Iniciativa de Promoción de Conglomerados en el marco del Subcomponente 2.1 Apoyo a la Competitividad y Articulación Productiva Territorial del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), que como Anexo I, IF-2021-117631398-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 5°.- Apruébase el “MODELO DE MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR DE LA CONVOCATORIA A PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS DE PROMOCIÓN DE CONGLOMERADOS PRODUCTIVOS (IPROA)” que como Anexo II, IF-2021-109267866-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida

ARTÍCULO 6°.- Apruébase la “Ficha Modelo de Iniciativa de Promoción del Conglomerado Productivo (IPROA)” que como Anexo III, IF-2021-109268167-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 7°.- Apruébase el “MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DEL PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS” que como Anexo IV, IF-2021-109268599-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 8°.- Apruébase la “Matriz de Evaluación IPROA” que como Anexo V, IF-2021-109268826-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 9°.- Apruébase el “MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PÚBLICA PARA ENTIDADES PATROCINANTES/UNIDAD EJECUTORA DEL CONGLOMERADO/CONGLOMERADOS CON PERSONERÍA JURÍDICA”, que como Anexo VI, IF-2021-109269111-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 10.- Apruébase el “MODELO DE CERTIFICACIÓN CONTABLE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) – UNIDADES EJECUTORAS / CONGLOMERADOS PRODUCTIVOS CON PERSONERÍA JURÍDICA”, que como Anexo VII, IF-2021-109269376-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 11.- Apruébase el “CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN”, que como Anexo VIII, IF-2021-109271415-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 12.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Merediz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/12/2021 N° 94089/21 v. 07/12/2021

Fecha de publicación 07/12/2021