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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA

Disposición 20/2021

DI-2021-20-APN-DNFC#MT

Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-80973790- -APN-DGD#MT, la Ley N° 22.317 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.591 del Presupuesto Nacional para el año 2021, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y N° 990 del 11 de diciembre de 2020, la Decisión Administrativa N° 1662 del 9 de septiembre de 2020, ,la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 784 del 28 de septiembre de 2020, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N°996 del 28 de septiembre de 2021, la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA N° 8 del 4 de octubre del 2021 y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal para fomentar la capacitación de trabajadores ocupados y desocupados a través de la intervención de las empresas mediante la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

Que por el Artículo 3° de la Ley N° 22.317 se estableció que el cupo anual del citado régimen será fijado anualmente en el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la Administración nacional.

Que la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, en su Artículo 31, inciso c), fijó en PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($650.000.000) el cupo anual de crédito fiscal correspondiente al año 2021 a ser administrado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco de lo normado por la Ley N° 22.317.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784/2020, se aprobó el PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA, que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución, el cual tiene por objeto estructurar, sistematizar e impulsar programas, proyectos y acciones desarrollados en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL dirigidos a mejorarlas competencias, habilidades y calificaciones de trabajadoras y trabajadores de nuestro país.

Que por el Artículo 49 del Anexo de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784/2020, se estableció que la ejecución del cupo de crédito fiscal que anualmente se asigna al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco del Régimen de Crédito Fiscal creado por la Ley N° 22.317 y modificatorias, forma parte del PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA y su administración estará a cargo de la SECRETARÍA DE EMPLEO, la cual dictará las normas necesarias para su implementación.

Que por la Resolución del SECRETARIO DE EMPLEO N° 996/2021 se aprobó el Programa Crédito Fiscal correspondiente al año 2021, que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución, facultando en su Artículo 2° a la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA a aprobar los formularios, instrumentos operativos e instructivos necesarios para la implementación del PROGRAMA CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2021.

Que por la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA N° 8/2021 se aprobaron los instrumentos operativos de evaluación y se estableció el puntaje mínimo de pre-aprobación de las propuestas.

Que se encuentra vigente un período de presentación de propuestas en el marco del Programa Crédito Fiscal correspondiente al año 2021, con fecha límite de presentación en Plataforma Crédito Fiscal del 30 noviembre 2021.

Que la plataforma referida exhibe hoy errores de diseño que impiden la correcta presentación de las propuestas.

Que en función de las consideraciones planteadas, resulta necesario extender el plazo para la presentación de propuestas en el marco del PROGRAMA DE CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2021, previsto por el Artículo 1° de la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA N° 8/2021.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que corresponde.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 996/2021.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase las fechas de cierre para la presentación de propuestas prevista en el Artículo 1º de la Disposición del DIRECCIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA N° 8/2021, por el siguiente:

PresentaciónMeses de Nómina s/ Form. 931 o s/ registro de asociadosPeríodo de cálculo del 30% u 8%Plazo de carga en Plataforma Crédito FiscalPlazo de presentación de documentación en TAD
PRIMERA31 de agosto 202101 de septiembre 2020 a 31 de agosto 20216 de octubre 2021 al 7 de diciembre 2021Hasta el 10 de diciembre 2021

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Edith Byk

e. 02/12/2021 N° 92911/21 v. 02/12/2021

Fecha de publicación 02/12/2021