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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1948/2021

RESOL-2021-1948-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-90746452- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Resolución N° 1804 de fecha 15 de noviembre de 2021 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución M.C. Nº 1804/21 (RESOL-2021-1804-APN-MC) se aprobó la CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS, conforme a las Bases y Condiciones que como ANEXO I (IF-2021-98394364-APN-DNGP#MC) forma parte integrante de dicha medida y se estableció como fecha de apertura del referido concurso, el segundo día hábil siguiente a la publicación de aquel acto en el Boletín Oficial.

Que, asimismo, en la mencionada Resolución se dispuso que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e interpretación de las Bases y Condiciones de la CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS.

Que el Punto 1 de las Bases y Condiciones de la CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS, prevé a su vez que: “Las propuestas de trabajo se podrán presentar desde el segundo día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la resolución que aprueba estas bases y condiciones, y hasta TREINTA (30) días corridos después”.

Que, sin embargo, resulta necesario adoptar los recaudos pertinentes a los efectos de que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL y las demás áreas competentes de este Ministerio, puedan difundir adecuadamente la convocatoria mencionada e implementar el sistema informático que permita la inscripción de los interesados y las interesadas.

Que, consecuentemente, corresponde diferir hasta el 15 de diciembre de 2021 la fecha de apertura de la CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS, reflejando también dicha circunstancia en las Bases y Condiciones del concurso.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y en virtud del artículo 18 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Diferir hasta el 15 de diciembre de 2021 la fecha de apertura de la CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS, establecida por el artículo 3° de la Resolución M.C. N° 1804/21 (RESOL-2021-1804-APN-MC).

ARTÍCULO 2°.- Sustituir el primer párrafo del Punto 1 de las Bases y Condiciones de la CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS (IF-2021-98394364-APN-DNGP#MC), aprobadas por el artículo 1° de la Resolución M.C. N° 1804/21 (RESOL-2021-1804-APN-MC), el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Las propuestas de trabajo se podrán presentar desde el 15 de diciembre de 2021 y hasta TREINTA (30) días corridos después”.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

e. 02/12/2021 N° 92565/21 v. 02/12/2021

Fecha de publicación 02/12/2021