TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
Edicto
El Tribunal Fiscal de la Nación, Sala “F”, Vocalía de la 18ª Nominación, a cargo del Dr. Horacio Joaquín Segura (Subrogante), con sede en la Av. Julio A. Roca 651, Piso 7º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por dos (2) días en autos “PILAR PARTES S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación”, Expte. Nº 23.111-A, que se ha dictado la siguiente resolución (fs. 222): “CIUDAD DE BUENOS AIRES. 13 de febrero de 2020. Atento al estado de autos, y no habiendo tomado intervención el “Estudio FIORILLO – BURGUEIRO & ASOCIADOS” en su carácter de síndico de la quiebra de “PILAR PARTES S.A.” ni habiendo comparecido dicha actora a estar a derecho, hácese efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 220 y, en consecuencia, declárese rebelde a la actora en los términos de los arts. 59 del C.P.C.C.N. y 12 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal Fiscal de la Nación (AA840, B.O. del 12/1/94). Asimismo, ordénase – en los términos del art. 145 del C.P.C.C.N. y ss – a la Coordinación General la publicación de edictos en el Boletín Oficial a fin de notificar la presente a quienes se desempeñan como administradores de la sociedad PILAR PARTES S.A., de conformidad con lo dispuesto por el art. 99 de la Ley 19.550. Póngase dicha circunstancia en conocimiento del juzgado donde tramita la causa “PILAR PARTES S.A. S/QUIEBRA”, expediente N° 45917. A tal fin, líbrese oficio. FIRMADO: Dr. Horacio Joaquín Segura. VOCAL.”
Pablo Nestor Fiorentini, Coordinador General, Coordinación General.
e. 11/11/2021 N° 85193/21 v. 12/11/2021
Fecha de publicación 11/11/2021