ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5098/2021
RESOG-2021-5098-E-AFIP-AFIP - Impuesto sobre los Combustibles y al Dióxido de Carbono. Ley N° 23.966, Título III. RG N° 3.388. Marcadores químicos y reagentes homologados. Proveedores autorizados. RG Nº 4.234. Norma complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2021
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-01325145- -AFIP-DVSEXT#SDGFIS, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido por la Resolución General Nº 3.388 y su modificatoria, este Organismo debe homologar, mediante el dictado de una resolución general, los marcadores químicos y reagentes -que deben utilizar los sujetos pasivos del impuesto y los titulares de estaciones de servicio, bocas de expendio, distribuidores, fraccionadores y revendedores de combustibles líquidos- que resulten aprobados para su comercialización, e informar la respectiva empresa proveedora autorizada.
Que en tal sentido, a través de la Resolución General Nº 4.234, se homologaron los marcadores químicos y reagentes de la empresa CORAS S.A. ARGENTINA, autorizando a la misma para su comercialización por el lapso de TREINTA Y SEIS (36) meses.
Que la emisión de dicha norma reflejó el cumplimiento de los requisitos y condiciones que han reunido los marcadores y reagentes homologados, conforme a la opinión de la entonces Subsecretaría de Recursos Hidrocarburíferos dependiente del ex Ministerio de Energía y Minería.
Que, de acuerdo a la recomendación efectuada por la Dirección Nacional de Refinación y Comercialización dependiente de la Subsecretaría de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, organismo técnico competente, se torna aconsejable renovar la referida homologación y autorización.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 14 del Título III de la Ley N° 23.966 de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el artículo 31 del Anexo del Decreto N° 74 del 22 de enero de 1998 y sus modificatorios, y el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Renovar hasta el 31 de diciembre de 2022, inclusive, la homologación de sistema “marcador/reagente” y la autorización otorgada a la empresa CORAS S.A. ARGENTINA, CUIT 33-58117891-9, para comercializar dichos productos, establecidas por la Resolución General Nº 4.234, siempre que se cumplan durante dicho plazo los requisitos y condiciones previstos en la Resolución General N° 3.388 y su modificatoria.
Cumplido el plazo previsto en el párrafo anterior, sin haberse dispuesto una nueva homologación de sistema “marcador/reagente” y/o autorización para comercializar los productos, el mismo se extenderá automáticamente hasta la entrada en vigencia de una resolución general que otorgue otra homologación y/o autorización o SEIS (6) meses, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones establecidas en esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Mercedes Marco del Pont
e. 11/11/2021 N° 86180/21 v. 11/11/2021
Fecha de publicación 11/11/2021