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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 1097/2021

DECAD-2021-1097-APN-JGM - Licitación Pública N° 95-0035-LPU21.

Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-56339920-APN-DCYC#MDS y los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 95-0035-LPU21 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, autorizada por la Resolución N° 1065 del 26 de julio de 2021 del mencionado organismo, con el objeto de lograr la adquisición de leche entera en polvo instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico según Ley N° 25.459 libre de gluten o leche en polvo entera instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico según Ley N° 25.459, libre de gluten, para atender a la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del citado Ministerio.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas del 17 de agosto de 2021, en la referida Licitación Pública se presentaron las siguientes firmas: MILKAUT S.A., SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A., ALIMENTOS VIDA S.A., MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE COMERCIALIZACIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN LTDA., S.A. LA SIBILA, COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A., MAFRALAC ALIMENTICIA S.R.L. y ALIMENTOS FRANSRO S.R.L.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN observó que los bienes solicitados devienen específicos, atento sus particulares características técnicas y no constituyen una habitualidad cuyos precios representativos de mercado sean factibles de relevar mediante los procedimientos usuales, dada la especificidad del objeto del llamado, las particulares características de las prestaciones a ser brindadas, así como también las condiciones impuestas por el comitente.

Que, asimismo, recordó que el producto cuyo Precio Testigo es solicitado, es decir Leche en Polvo que cumpla taxativamente con las características de estar fortificada en minerales y vitaminas, conforme lo establecido en la Ley N° 25.459, siendo el agregado del núcleo vitamínico realizado en la leche fluida, antes del proceso de secado, no se comercializa al público.

Que la mencionada Sindicatura General informó que del relevamiento efectuado surge que se comercializan al público otras Leches Enteras Fortificadas que no cumplen con lo detallado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que, en ese contexto, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN destacó que, en virtud de lo establecido en el artículo 3º, inciso e) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 36/17 y sus modificatorias, las compras de bienes y contrataciones de servicios que no respondan a las condiciones de “normalizados o de características homogéneas” o “estandarizados o de uso común” se encuentran excluidas del Control de Precios Testigo, sin distinción del procedimiento de selección empleado por el contratante.

Que la DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en su carácter de área técnica, elaboró el correspondiente Informe Técnico de las ofertas recibidas, el cual cuenta con la conformidad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA de dicho Organismo, en su carácter de Unidad Requirente, en el cual determinó el cumplimiento, por parte de los oferentes, de las Especificaciones Técnicas exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 7 de octubre de 2021.

Que, conforme lo expuesto en el mencionado Dictamen de Evaluación, corresponde desestimar a la oferta presentada por la firma ALIMENTOS VIDA S.A. por no haber presentado correctamente la subsanación de la garantía de mantenimiento de oferta, no siendo electrónico el endoso presentado mediante el cual corrige el domicilio del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, conforme lo establecido en los artículos 39 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición ONC N° 63/16 y sus modificatorias, y 66, inciso k) del Anexo al Decreto N° 1030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación.

Que en atención al dictado de la Resolución N° 1050 de fecha 19 de octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se procedió a verificar que las ofertas a adjudicar y las ofertas en el siguiente orden de mérito no superen los precios máximos fijados en la citada Resolución.

Que la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha verificado la existencia de crédito para afrontar el gasto emergente de la presente contratación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°. - Apruébase la Licitación Pública N° 95-0035-LPU21 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de lograr la adquisición de leche entera en polvo instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico según Ley N° 25.459 libre de gluten o leche en polvo entera instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico según Ley N° 25.459, libre de gluten, para atender a la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del citado Ministerio.

ARTÍCULO 2°.- Desestímase en la Licitación Pública N° 95-0035-LPU21 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL la oferta presentada por la firma ALIMENTOS VIDA S.A. (C.U.I.T. Nº 30-71067391-4) por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 7 de octubre de 2021.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 95-0035-LPU21 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a favor de las firmas, por las cantidades, marcas y montos que a continuación se detallan:

MAFRALAC ALIMENTICIA S.R.L. – C.U.I.T. N° 30-70728093-6

Renglón 1, por DOSCIENTOS CUARENTA MIL (240.000) kilogramos de leche en polvo entera instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según la Ley N° 25.459, libre de gluten, en envases de UN (1) kilogramo cada uno, según Pliego, marca FRANZ: $130.984.800.-

MILKAUT S.A. – C.U.I.T. N° 30-68203263-0

Renglón 1, por DOSCIENTOS CUARENTA MIL (240.000) kilogramos de leche entera en polvo instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según la Ley N° 25.459, libre de gluten, en envases de UN (1) kilogramo cada uno, según Pliego, marca FRANSAFÉ: $131.760.000.-

COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. – C.U.I.T. N° 30-70779374-7

Renglón 1, por DOSCIENTOS CUARENTA MIL (240.000) kilogramos de leche en polvo entera instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según la Ley N° 25.459, libre de gluten, en envases de UN (1) kilogramo cada uno, según Pliego, marca SPRAYMILK: $133.200.000.-

MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE COMERCIALIZACIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN LTDA. – C.U.I.T. N° 30-50177338-3

Renglón 1, por DOSCIENTOS CUARENTA MIL (240.000) kilogramos de leche entera en polvo instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según la Ley N° 25.459, libre de gluten, en envases de UN (1) kilogramo cada uno, según Pliego, marca MANFREY: $134.160.000.-

S.A. LA SIBILA – C.U.I.T. N° 30-58885563-1

Renglón 1, por DOSCIENTOS CUARENTA MIL (240.000) kilogramos de leche en polvo entera instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según la Ley N° 25.459, libre de gluten, en envases de UN (1) kilogramo cada uno, según Pliego, marca PURÍSIMA: $136.080.000.-

ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase al MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes respecto de Licitación Pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande la presente medida, que asciende a la suma total de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($666.184.800.-), se imputará con cargo a los créditos específicos del Presupuesto de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 7º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Juan Zabaleta

e. 10/11/2021 N° 86060/21 v. 10/11/2021

Fecha de publicación 10/11/2021