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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 1388/2021

DISFC-2021-1388-APN-PNA#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 05/11/2021

Visto el EX-2021-89562153-APN-DIOP#PNA propuesto por la Dirección de Operaciones, lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y

CONSIDERANDO:

Que la Prefectura Naval Argentina, como fuerza integrante del Sistema de Seguridad Interior, debe dar una respuesta apropiada en pos de la protección de la vida humana y los bienes dedicados al transporte por agua, a la protección de los puertos y del ambiente marítimo, al mantenimiento del orden y la seguridad pública.

Que la incorporación de nuevas tecnologías y el aumento exponencial de las actividades que se desarrollan en los ámbitos de la navegación, transporte y pesca nacional, hacen necesario que la Organización cuente con un área que establezca una planificación efectiva.

Que, atento a lo expuesto, resulta necesario actualizar la conformación y relaciones existentes entre los elementos que son parte de la estructura orgánica operativa.

Que, consecuentemente, la Dirección de Operaciones promueve el Estudio N° 01/2021 “C” para la creación de la “Dirección de Tráfico Marítimo, Fluvial y Lacustre”, la cual dependerá de la Dirección General de Seguridad.

Que es necesario contar con este elemento orgánico para una mejor integración de los recursos, medios y personal dedicados a la función, perfeccionando los procesos asociados con esta actividad.

Que, analizada la iniciativa desde el punto de vista orgánico-funcional, no existen óbices para su aprobación, por cuanto ella se corresponde con los criterios de aplicación y la normativa vigente.

Que ha tomado la debida intervención la Asesoría Jurídica de la Prefectura Naval Argentina, y no presentó impedimentos de orden jurídico.

Que la presente medida no implicará afectaciones presupuestarias adicionales.

Que la misma se dicta en uso de las facultades asignadas a esta instancia por lo normado en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley N° 18.398 y modificatorias, el Decreto N° 1288/2007 y de la Decisión Administrativa DA-2019-16-APN-JGM, dentro del marco normativo del Decreto N° 1545/94.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. APRUÉBASE la creación de la “DIRECCIÓN DE TRÁFICO MARÍTIMO, FLUVIAL Y LACUSTRE”, dependiente de la Dirección General de Seguridad, de acuerdo al organigrama DI-2021-106470507-APN-DPLA#PNA y las acciones DI-2021-106470874-APN-DPLA#PNA, que integran el presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2°. APRUÉBASE la estructura orgánica actualizada de la Dirección de Operaciones, acorde el organigrama DI-2021-106470262-APN-DPLA#PNA y las acciones DI-2021-106471105-APN-DPLA#PNA, que forman parte de la presente.

ARTÍCULO 3°. Por la Dirección de Operaciones y la Dirección de Tráfico Marítimo, Fluvial y Lacustre, confecciónense sus respectivos “Reglamentos Orgánicos”, según lo previsto en las publicaciones R.I. PNA 3-079 “Reglamento de Organización y Métodos” y R.I. PNA 3-001 “Reglamento de Publicaciones”.

ARTÍCULO 4°. Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO, procédase a su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina (atento a lo estipulado en el Artículo 18° del Decreto N° 1545/94).

ARTÍCULO 5°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Ruben Farinon - Hugo Raul Garcia - Jorge Raúl Bono

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval.

e. 08/11/2021 N° 85076/21 v. 08/11/2021

Fecha de publicación 08/11/2021