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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 547/2021

RESOL-2021-547-APN-PRES#SENASA

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-59935733- -APN-DCRCH#SENASA, la Resolución Nº 819 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 819 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se crean en el ámbito del Territorio Nacional, TRESCIENTAS DIECISÉIS (316) Oficinas Locales del citado Servicio Nacional.

Que la Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, propicia la creación de la Oficina Local de Laguna Blanca, ubicada en calle Manuel Belgrano S/Nº, entre María Candelaria Godoy e Hipólito Yrigoyen, Departamento Pilcomayo, Provincia de FORMOSA, a los fines de un mejor ordenamiento de los servicios que se prestan y mayor eficacia en la atención de los trámites que se realizan en esa zona.

Que corresponde cumplir dichos objetivos conforme los requerimientos de los productores de la zona involucrada, las exigencias sanitarias, la producción agrícola, las certificaciones fitosanitarias y los programas nacionales y provinciales, como así también de acuerdo con las acciones sanitarias que se hubieren planificado implementar en cada caso.

Que resulta necesario dotar de personal profesional, técnico y administrativo a la zona de influencia en lo referente a trámites administrativos y recaudaciones, de conformidad con lo ut supra mencionado.

Que las Direcciones Nacionales de Operaciones, de Sanidad Animal, de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y de Protección Vegetal, prestaron su conformidad al acto que se propicia.

Que la Dirección General Técnica y Administrativa informa que se cuenta con los créditos presupuestarios para hacer frente a la medida propiciada.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase la Oficina Local de Laguna Blanca, ubicada en calle Manuel Belgrano S/Nº, entre María Candelaria Godoy e Hipólito Yrigoyen, Departamento Pilcomayo, Provincia de FORMOSA, quedando en este acto incorporada al Anexo I de la Resolución Nº 819 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, conforme lo detallado en el Apéndice I del Anexo (IF-2021-102280100-APN-DCRCH#SENASA) que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Modifícase el Anexo II de la citada Resolución Nº 819/02, en lo referente al ámbito geográfico de la jurisdicción correspondiente a la Oficina Local mencionada en el Artículo 1º de la presente resolución, conforme lo detallado en el Apéndice II del Anexo (IF-2021-102280100-APN-DCRCH#SENASA) que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Modifícase el Anexo IV de la mentada Resolución Nº 819/02, incorporando el mapa de la Provincia de FORMOSA con ubicación de la Oficina Local creada por el Artículo 1º del presente marco normativo, que obra como Apéndice III del Anexo (IF-2021-102280100-APN-DCRCH#SENASA) que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carlos Alberto Paz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/11/2021 N° 83706/21 v. 03/11/2021

Fecha de publicación 03/11/2021