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26 de Julio de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415: arts. 1013 inc. h) y 1112).

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se le hace saber a N/N Sin Identificar que en la Actuación Nº 13693-560-2011, que tramita por ante la División Secretaría Nº 2 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, sita en la calle Azopardo Nº 350, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha dispuesto notificarle la RESOL-2021-2931-E-AFIP-DEPRLA#SDGTLA, que en su parte pertinente dice: “… Buenos Aires, 30 de Junio de 2021. … ARTICULO 1º: ARCHIVAR las actuaciones respecto de por la presunta comisión de la infracción prevista en el artículo 987 del C.A. en relación a la mercadería secuestrada el 28 de diciembre de 2011, depositada bajo Act a Lote Nro. 11001ALOT000443. ARTICULO 2º: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías correspondiente al Item 2.3 del Acta Lote Nro. 11001ALOT000443S que resultaron ser falsificadas... salvo que resulte posible la remoción de las marcas consignadas en dicha mercadería , debiéndose en este caso proceder a la donación de la misma de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art.4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos, en relación a Item 2.2 se trata de mercadería en estado Usado Importado Inc. Reacondicionamiento , por lo que debería proceder a su destrucción. ARTICULO 3° : INTIMAR a “N/N Sin Identificar” , para que en el plazo de 15 (quince) días se presente a la División Gestión de Secuestros a retirar la mercadería secuestrada bajo el Acta Lote Nro. 11001ALOT000443S, haciéndole saber que deberá previamente acreditar su Cave Unica de Identificación Tributaria , el pago de los tributos que gravaban la importación a consumo de la misma al momento de la detección del presunto ílicito denunciuado que oportunamente se liquiden de oficio, así como la intervención de terceros organismos que se requiera en cada caso, previsto en la Sec.V, Título II , Cap. Segundo del C.A. o bien ponerla a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación, previo cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 5° de la Ley 25..603 ARTICULO 5º: REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. … Fdo.: Abog. MARIANA E. ASSEF. Firma Responsable (Int.) DEPTO. PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS”.

Marcos Marcelo Mazza, Jefe de División, División Secretaría N° 2.

e. 28/10/2021 N° 81259/21 v. 28/10/2021

Fecha de publicación 28/10/2021