COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Disposición 932/2021
DI-2021-932-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2021
Visto el Expediente N° EX-2021-84949725-APN-DCSYL#CNRT, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0042-CDI21 – denominada COMPULSA – COVID 19 – N° 9/2021 – ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE PROTECCIÓN PARA EL PERSONAL EN EL MARCO DE LA PANDEMIA POR COVID-19.
Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020 y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GESTIÓN FERROVIARIA mediante la Nota N° NO-2021-68427828-APN-GFGF#CNRT, la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA FERROVIARIA mediante la Nota N° NO-2021-72842279-APN-GFTF#CNRT y la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS mediante la Nota N° NO-2021-84113487-APN-SRRHH#CNRT, a los efectos de adquirir insumos y elementos de protección necesarios, tanto para el cuerpo de fiscalizadores, que se encuentran cumpliendo tareas de apoyo y control en los distintos puntos de fiscalización en el marco de la Pandemia COVID19.
Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una Contratación DIRECTA POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al expediente de la referencia como informe N° IF-2021-91951086-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella, todos las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-85088256-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.
Que el 21 de septiembre de 2021, se efectuó el Acto de Apertura, generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose las ofertas de las firmas MIKRO BIOL S.A.S. (CUIT N° 30-71649553-8), UNOLEX S.A. (CUIT N° 33-70936634-9), TRIGEMIOS S.R.L. (CUIT N° 30-71154458-1), la señora ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT N° 27-16910912-0), la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (CUIT N° 30-65687578-6) y el señor ANDRES DIEGO MACRI (CUIT N° 20-25865861-3).
Que, analizadas las ofertas el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe N° IF-2021-92289675-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar los Renglones Nros. 1, 2, 5 y 7 al señor ANDRES DIEGO MACRI por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 155.500.-), los Renglones Nros. 3, 4, 9 y 10 a la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. por la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 53.441.-) y el Renglón N° 6 a la firma UNOLEX S.A. por la suma de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000.-), por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares PLIEG-2021-85088256-DCSYL#CNRT que rige la presente contratación, cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego, cumplir con lo solicitado por las Unidades Requirentes y resultar sus precios convenientes.
Que, en ese mismo orden de ideas, atento a que no se ha presentado oferta alguna para el Renglón N° 8 aconseja declarar el mismo desierto.
Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES, ha informado la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar la presente medida.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35, y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto Nº 302/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0042-CDI21 – denominada COMPULSA – COVID 19 – N° 9/2021 – ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE PROTECCIÓN PARA EL PERSONAL EN EL MARCO DE LA PANDEMIA POR COVID-19, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020 y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese las condiciones particulares y técnicas que rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-85088256-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Adjudíquese los Renglones Nros. 1, 2, 5 y 7 al señor ANDRES DIEGO MACRI por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 155.500.-), los Renglones Nros. 3, 4, 9 y 10 a la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. por la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 53.441.-) y el Renglón N° 6 a la firma UNOLEX S.A. por la suma de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000.-), por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares PLIEG-2021-85088256-DCSYL#CNRT que rige la presente contratación, cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego, cumplir con lo solicitado por las Unidades Requirentes, y resultar sus precios convenientes.
ARTÍCULO 4º.- Declárese desierto el Renglón N° 8, por las razones vertidas en los considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Establécese que intervendrán en la recepción de los bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por la Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º por la suma total de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 217.941.-) se imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y a las partidas que correspondan.
ARTÍCULO 7º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.
ARTÍCULO 8º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo anterior y archívese.
Jose Ramon Arteaga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en COMPR.AR, ingresando el número de procedimiento.
e. 28/10/2021 N° 81784/21 v. 28/10/2021
Fecha de publicación 28/10/2021