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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL

Disposición 66/2021

DI-2021-66-APN-DNL#MT

Ciudad de Buenos Aires, 22/07/2021

VISTO el EX-2020-47362489- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, el Decreto N° 1.759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 2017), la DI-2021-41-APN-DNL#MT, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición de la DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL N° 41/21 de fecha 7 de julio de 2021, (DI-2021-41-APN-DNL#MT), se fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la RESOL-2021-358-APN-ST#MT y registrado bajo el Nº 445/21, suscripto entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SIAT SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora.

Que posteriormente se advirtió que, para el cálculo del promedio de las remuneraciones, por error material se imputó la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 598.-) al concepto de “Titulo Secundario” (CCT N° 275/75) cuando en verdad, la suma que correspondía imputar por dicho concepto era la de PESOS OCHOCIENTOS TRECE ($ 813.-) conforme lo pactado a nivel de actividad por el Acuerdo Nº 1307/19.

Que subsanada dicha errónea imputación se procedió a realizar un nuevo cálculo del promedio de las remuneraciones.

Que en consecuencia y de conformidad a lo establecido por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1.759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 2017), corresponde rectificar la precitada Disposición DI-2021-41-APN-DNL#MT, procediendo a modificar la parte pertinente de su artículo 1º y correlativamente, reemplazando el Anexo que anteriormente integraba la misma, por el ANEXO indicado en el artículo 2° de la presente.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT y la Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT.

Por ello,

EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Rectificase el artículo 1º de la Disposición DI-2021-41-APN-DNL#MT, el que quedará redactado conforme al siguiente texto: “Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la RESOL-2021-358-APN-ST#MT y registrado bajo el Nº 445/21, suscripto entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SIAT SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO DI-2021-65529706-APN-DNRYRT#MT, forma parte integrante de la presente”.-

ARTÍCULO 2º.- Reemplázase el Anexo de la Disposición DI-2021-41-APN-DNL#MT por el ANEXO DI-2021-65529706-APN-DNRYRT#MT que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento de Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación a la DI-2021-41-APN-DNL#MT. Posteriormente procédase a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese

Jorge Pablo Titiro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/10/2021 N° 74790/21 v. 25/10/2021

Fecha de publicación 25/10/2021