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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Decisión Administrativa 972/2021

DECAD-2021-972-APN-JGM - Licitación Pública Nº 262-0003-LPU21.

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-40362287-APN-DCCPYS#MAD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 166 del 20 de mayo de 2021 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 262-0003-LPU21 llevada a cabo para la adquisición de maquinarias destinadas a la gestión de los Residuos Sólidos Urbanos en diferentes municipios de la REPÚBLICA ARGENTINA, para el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, aprobándose, asimismo, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.

Que se dictaron Circulares Aclaratorias y Modificatorias del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las cuales fueron difundidas y comunicadas conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que del Acta de Apertura de fecha 25 de junio de 2021 surge la presentación de las firmas: (1) BRAMAQ S.R.L.; (2) FERIOLI ECO S.R.L.; (3) NORDEMAQ S.A.; (4) VEMERKIPER S.R.L.; (5) OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L.; (6) DHM INDUSTRIA S.A.); (7) ZMG ARGENTINA S.R.L.; (8) NORMAQ S.A.; (9) COVEMA S.A.C.I.F.; (10) C.G.B S.A.; (11) IRON GROUP S.A.; (12) BISCAYNE SERVICIOS S.A.; (13) DESARROLLO DE EQUIPOS INDUSTRIALES S.A.; (14) VIALERG S.A.; (15) AMERICAN VIAL GROUP S. R. L. y (16) GRUAS SAN BLAS S.A.

Que la Comisión Evaluadora, en función de los análisis administrativos, económicos, financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 29 de julio de 2021, mediante el cual recomienda adjudicar a las firmas VIALERG S.A. los Renglones Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18; AMERICAN VIAL GROUP S.R.L. los Renglones Nros.19,20, 21, 22, 23 y 24 y DESARROLLO DE EQUIPOS INDUSTRIALES S.A. los Renglones Nros. 25, 26, 27, 28, 29 y 30, por ser sus ofertas administrativamente admisibles, económicamente convenientes y cumplir con lo solicitado en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.

Que, asimismo, mediante el referido Dictamen se recomienda desestimar las ofertas de las firmas VEMERKIPER S.R.L. para los Renglones Nros. 29 y 30 por no resultar admisible al no cumplir con la forma de cotización solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respecto de la cotización conjunta de los Renglones Nros. 24 al 30; BRAMAQ S.R.L. para los Renglones Nros. 1 al 6 por no cumplir administrativamente con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L. por no cumplir administrativamente con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y respecto a los Renglones Nros. 7 al 12 por no cumplir técnicamente con lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas; ZMG ARGENTINA S.R.L. para los Renglones Nros. 1 al 6 y 12 al 18 por no cumplir administrativamente con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y respecto a los Renglones Nros. 7 al 12 por no cumplir técnicamente con lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas; NORMAQ S.A. para los Renglones Nros. 24 al 30 por no cumplir administrativamente con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y por no cumplir técnicamente con lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas; C.G.B S.A. para los Renglones Nros. 25 al 30 por no cumplir administrativamente con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y por no cumplir técnicamente con lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas; DHM INDUSTRIAS S.A. para los Renglones Nros. 1 al 12 y 19 al 24, por no cumplir técnicamente con lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas; AMERICAN VIAL GROUP S.R.L. respecto de los Renglones Nros. 13 al 18, tanto su oferta original como su alternativa, por no cumplir técnicamente con lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas; BISCAYNE SERVICIOS S.A. respecto de los Renglones Nros. 13 al 18, por no cumplir técnicamente con lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas; VIALERG S.A. respecto de los Renglones Nros. 19 al 24 por no cumplir técnicamente con lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

Que, por otro lado, las ofertas de las firmas BRAMAQ S.R.L. respecto de los Renglones Nros. 7 al 12; DHM INDUSTRIAS S.A. respecto de los Renglones Nros. 13 al 18; NORDEMAQ S.A., respecto de los Renglones Nros. 1 al 6 y 13 al 18; COVEMA S.A.C.I.F., respecto de los Renglones Nros. 1 al 24; IRON GROUP S.A., respecto de los Renglones Nros. 1 a 18; DESARROLLO DE EQUIPOS INDUSTRIALES S.A., respecto de los Renglones Nros. 19 al 24; GRÚAS SAN BLAS S.A, respecto de los Renglones Nros. 7 al 12; VIALERG S.A., respecto de los Renglones Nros. 25 al 30; FERIOLI ECO S.R.L., respecto de los renglones Nros. 25 al 30, resultan inconvenientes en razón de su precio de conformidad con lo dispuesto el artículo 27, inciso 5° del Manual de Procedimiento aprobado como Anexo a la Disposición ONC N° 62/16 y sus modificatorias.

Que no se han verificado impugnaciones al citado Dictamen de Evaluación ingresadas a través del sistema COMPR.AR.

Que la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE requirió, conjuntamente con la adjudicación, proceder a la ampliación de algunos renglones.

Que, en tal sentido, la referida Secretaría indicó la necesidad de ampliar un DIECISÉIS COMA SESENTA Y SIETE POR CIENTO (16,67 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 1 y 2, equivalentes a la suma de PESOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($13.880.841,67); ampliar un QUINCE COMA TREINTA Y OCHO POR CIENTO (15,38 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 3 y 4, equivalentes a la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS CON VEINTE CENTAVOS ($27.472.596,20); ampliar un TREINTA Y TRES POR CIENTO (33 %) los Renglones Nros. 5 al 10 equivalente a la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO ($24.547.538); ampliar un DOCE COMA CINCO POR CIENTO (12,5 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 13 y 14 equivalentes a la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($3.598.694,58); ampliar un DIECIOCHO COMA CINCUENTA Y DOS POR CIENTO (18,52 %) los Renglones Nros. 15 y 16 equivalentes a la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($17.248.425,45) y ampliar un VEINTE POR CIENTO (20 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 17 y 18 equivalentes a la suma de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVENTA Y DOS CON TRECE CENTAVOS ($3.755.092,13), todos ellos a favor de la firma VIALERG S.A, por un monto total de PESOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS TRES MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON TRES CENTAVOS ($90.503.188,03); ampliar un VEINTE POR CIENTO (20 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 19 y 20 equivalentes a la suma de PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($5.814.950); ampliar un DIECISIETE CON SESENTA Y CINCO POR CIENTO (17,65 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 21 y 22 equivalentes a la suma de PESOS CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($14.850.000) y ampliar un VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 23 y 24 equivalentes a la suma de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($5.379.950), todos ellos a favor de la firma AMERICAN VIAL GROUP S.R.L. por un monto total de PESOS VEINTISÉIS MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ($26.044.900); ampliar un VEINTE POR CIENTO (20 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 25 y 26 equivalentes a la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS DIECINUEVE MIL ($1.719.000); ampliar un DIECISIETE COMA SESENTA Y CINCO POR CIENTO (17,65 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 27 y 28 equivalentes a la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($4.860.351) y ampliar un VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) la adjudicación respecto de los Renglones Nros. 29 y 30 equivalentes a la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($1.988.000), todos ellos a favor de la firma DESARROLLO DE EQUIPOS INDUSTRIALES S.A. por un monto total de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($8.567.351).

Que dicha ampliación se encuentra contemplada entre las facultades establecidas a favor de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, inciso b) del Decreto N° 1023/01 y en el artículo 100, inciso a) apartado 1) del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que atento a los porcentajes que se pretenden ampliar para algunos renglones, los oferentes preadjudicados han prestado la conformidad correspondiente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios y lo dispuesto por los incisos d) y e) y el párrafo quinto del artículo 9° y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 262-0003-LPU21 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, que tiene por objeto la adquisición de maquinarias destinadas a la gestión de los Residuos Sólidos Urbanos en diferentes municipios de la REPÚBLICA ARGENTINA para dicho Ministerio.

ARTÍCULO 2º.- Desestímanse las ofertas de las firmas VEMERKIPER S.R.L. para los Renglones Nros. 29 y 30; BRAMAQ S.R.L. para los Renglones Nros. 1 al 12; OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L. para los Renglones Nros. 7 al 12; ZMG ARGENTINA S.R.L. para los Renglones Nros. 1 al 18; NORMAQ S.A para los Renglones Nros. 24 al 30; C.G.B S.A. para los Renglones Nros. 25 al 30; DHM INDUSTRIAS S.A. para los Renglones Nros. 1 al 24; NORDEMAQ S.A. para los Renglones Nros. 1 al 6 y 13 al 18; COVEMA S.A.C.I.F. para los grupos de Renglones Nros. 1 al 24; IRON GROUP S.A. para los Renglones Nros. 1 al 18; DESARROLLO DE EQUIPOS INDUSTRIALES S.A. respecto de los Renglones Nros. 19 al 24; GRÚAS SAN BLAS S.A., respecto de los grupos de Renglones Nros. 7 al 12; AMERICAN VIAL GROUP S.R.L. respecto de los Renglones Nros. 13 al 18; BISCAYNE SERVICIOS S.A. respecto de los Renglones Nros. 13 al 18; VIALERG S.A. respecto de los Renglones Nros. 19 al 30 y FERIOLI ECO S.R.L. respecto de los Renglones Nros. 25 al 30, todos ellos por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la Licitación Pública Nº 262-0003-LPU21 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE a favor de las firmas, para los Renglones y las sumas que a continuación se detallan: VIALERG S.A. para los Renglones Nros. 1 al 18, por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 04/100 CENTAVOS ($487.094.988,04); AMERICAN VIAL GROUP S.R.L. para los Renglones Nros.19 al 24 por un monto total de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA ($134.744.550); DESARROLLO DE EQUIPOS INDUSTRIALES S.A. para los Renglones Nros. 25 al 30, por un monto total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($44.088.989.-).

ARTÍCULO 4°.- Amplíanse los Renglones Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 adjudicados a favor de la firma VIALERG S.A., por un monto total de PESOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS TRES MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON TRES CENTAVOS ($90.503.188,03).

ARTÍCULO 5°.- Amplíanse los Renglones Nros. 19, 20, 21, 22, 23 y 24 adjudicados a favor de la firma AMERICAN VIAL GROUP S.R.L. por un monto total de PESOS VEINTISÉIS MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ($26.044.900).

ARTÍCULO 6°.- Amplíanse los Renglones Nros. 25, 26, 27, 28, 29 y 30 adjudicados a favor de la firma DESARROLLO DE EQUIPOS INDUSTRIALES S.A. por un monto total de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($8.567.351).

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto de los ejercicios 2021 y 2022 del Servicio Administrativo Financiero 317 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 8°.- Autorízase al Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades respecto de la licitación pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 9°.- Facúltase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE a emitir las respectivas Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Juan Cabandie

e. 13/10/2021 N° 76431/21 v. 13/10/2021

Fecha de publicación 13/10/2021