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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 597/2021

RESOL-2021-597-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-45689146-APN-DGD#MT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES –S.O.I.V.A., con domicilio real en calle Iturraspe N° 344, Venado Tuerto, Provincia de SANTA FE, solicitó la aprobación de la modificación de su Estatuto Social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial mediante Resolución N° 545 de fecha 20 de diciembre de 1968 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, la que se halla registrada bajo el N° 953.

Que el ámbito de actuación personal ha sufrido una variación respecto del que fue oportunamente aprobado por Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 128 de fecha 19 de marzo de 1992.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando la aprobación del texto del Estatuto Social de la entidad peticionaria y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7° del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que teniendo en cuenta la envergadura de la modificación realizada y en atención a principios de concentración, técnica legislativa y economía procesal, corresponde aprobar en forma íntegra el Estatuto Social de la entidad de autos.

Que se deja expresa constancia que la presente aprobación tiene carácter meramente estatutario y no podrá ser invocada por al asociación sindical peticionante como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley N° 23.551.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92), sus modificatorias, la Ley N° 23.551 y el Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase el texto del Estatuto Social del SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES –S.O.I.V.A., con domicilio real en calle Iturraspe N° 344, Venado Tuerto, Provincia de SANTA FE, obrante a páginas 59/253 de la CD-2021-45699600-APN-DGD#MT, que luce al orden 3, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y el Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la asociación sindical peticionaria como una ampliación de su representatividad vigente, en los términos y con los alcances previstos en la Ley N° 23.551.

ARTICULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada, según lo establece la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4º.- Regístrese en la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Claudio Omar Moroni

e. 01/10/2021 N° 72943/21 v. 01/10/2021

Fecha de publicación 01/10/2021