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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 7382/2021

DI-2021-7382-APN-ANMAT#MS

Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-69919003-APN-DSCLYA#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado la Dirección de Evaluación y Control de Biológicos y Radiofármacos (Unidad Requirente) del Instituto Nacional de Medicamentos de esta Administración Nacional propicia la adquisición de Insumos Descartables para Control de Vacunas Anti COVID-19.

Que bajo GEDO N° IF-2021-69106649-APN-DECBR#ANMAT la Unidad Requirente brindó los fundamentos técnicos que habilitan a la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) a proceder en el marco de la emergencia sanitaria COVID 19.

Que la Coordinación de Compras ha emitido el informe de su competencia mediante el que aconseja utilizar el sistema de Contratación Directa por Emergencia COVID-19, ello en virtud de lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-287-APN-PTE del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM del 18 de marzo de 2020 y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas modificatorias y complementarias.

Que bajo GEDO IF-2021-69983728-APN-DSCLYA#ANMAT se creó el proceso en el portal “COMPR.AR” bajo el número 66-0038-CDI21.

Que bajo GEDO N° IF-2021-75688524-APN-DSCLYA#ANMAT consta las invitaciones a cotizar a los proveedores.

Que bajo N° GEDO IF-2021-75685730-APN-DSCLYA#ANMAT consta la publicidad del proceso 66-0038-CDI21.

Que bajo N° GEDO IF-2021-2021-70177064-APN-DSCLYA#ANMAT la UOC cursó, de manera complementaria, las invitaciones a cotizar a las firmas informadas por la Unidad Requirente.

Que bajo N° GEDO IF-2021-75681351-APN-DSCLYA#ANMAT consta el Acta de Apertura del proceso 66-0038-CDI21 en la que presentaron oferta las firmas PROCIENAR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71021736-6), ESTRUCTURAS CIENTÍFICAS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71088136-3), ROSANA MARÍA LEONOR POLLERO (CUIT N° 27-16910912-0), LOBOV Y CÍA. SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-54167722-0), RAÚL JORGE LEÓN POGGI (CUIT N° 20-08336759-9), ANTIGUA SAN ROQUE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-65687578-6) y ANALEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N°: 30-66302412-0).

Que mediante GEDO N° IF-2021-75601202-APN-DSCLYA#ANMAT e IF-2021-81435584-APN-DSCLYA$ANMAT la UOC realizó las verificaciones para corroborar el estado registral de los Oferentes en el portal COMPR.AR, posibles sanciones en el REPSAL y la existencia de deuda liquida y exigible o previsional ante la AFIP.

Quebajo N° GEDO IF-2021-80568051-APN-DECBR#ANMAT se vinculó el análisis de las especificaciones técnicas de los productos ofrecidos.

Que bajo GEDO N° IF-2021-85265870-APN-DSCLYA#ANMAT consta la recomendación de la Unidad Operativa de Contrataciones la que recomienda calificaren orden de mérito N° 1 para los renglones N° 1, 2, 3 y 4 a la firma PROCIENAR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71021736-6), para los renglones N° 5, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 16, 19, 20, 23, 24, 27 y 29 a la firma LOBOV Y CÍA. SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-54167722-0), para los renglones N° 8, 14, 15 y 26 a la firma ESTRUCTURAS CIENTÍFICAS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71088136-3), para el renglón N° 21 a la firma ANALEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-66302412-0) y para el renglón N° 28 a la firma ANTIGUA SAN ROQUE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-65687578-6).

Que no se presentaron ofertas para el renglón N° 25 por lo que corresponde declararlo desierto.

Que las ofertas presentadas para los renglones N° 9, 17, 18 y 22 no resultan válidas por lo que corresponde declararlos fracasados.

Que el procedimiento seguido se halla comprendido dentro de las prescripciones contenidas en las aludidas normas.

Que la Dirección General de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE, DECNU-2020-287-APN-PTE, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas modificatorias y complementarias y el Decreto N° 1490/92 y sus modificatorios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N°0012/2021 que tiene por objeto la adquisición de Insumos Descartables para Control de Vacunas Anti COVID-19 conforme con lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287-APN-PTE, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas modificatorias y complementarias.

ARTÍCULO 2°. - Declaráse desierto el renglón N° 25 del proceso referido por no haberse presentado ofertas.

ARTÍCULO 3°.- Decláranse fracasados los renglones N° 9, 17, 18 y 22 del proceso referido por no resultar válidas las ofertas presentadas.

ARTÍCULO 4°.- Adjudícanse los renglones N° 1, 2, 3 y 4 de la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 0012/2021 a la firma PROCIENAR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT: 30-71021736-6) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA ($206.260).

ARTÍCULO 5°.- Adjudícanse los renglones N° 5, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 16, 19, 20, 23, 24, 27 y 29 de la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 0012/2021 a la firma LOBOV Y CÍA. SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT: 30-54167722-0) por la suma total de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL ONCE CON 44/100 ($1.665.011,44).

ARTÍCULO 6°.- Adjudícanse los renglones N° 8, 14, 15 y 26 de la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 0012/2021 a la firma ESTRUCTURAS CIENTÍFICAS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT: 30-71088136-3) por la suma total de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ($74.900).

ARTÍCULO 7°.- Adjudícase el renglón N° 21 de la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 0012/2021 a la firma ANALEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT: 30-66302412-0) por la suma total de PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS DIEZ ($15.410).

ARTÍCULO 8°.- Adjudícase el renglón N° 28 de la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 0012/2021 a la firma ANTIGUA SAN ROQUE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT: 30-65687578-6) por la suma total de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($6.480).

ARTÍCULO 9°.- La suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON 06/100 ($92.166,06) se imputará con cargo a: Fuente de Financiación 12, inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 8, Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 10°.- La suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 38/100 ($1.875.895,38) se imputará con cargo a: Fuente de Financiación 12, inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 5, Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 11°.- Autorízase a la COORDINACION DE COMPRAS a confeccionar la respectiva Orden de Compra

ARTÍCULO 12°.- Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Comuníquese. Dése a la Coordinación de Compras de la Dirección General de Administración para la difusión de la presente en el portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y a los efectos de la intervención de su competencia. Oportunamente, archívese.

Manuel Limeres

e. 28/09/2021 N° 71482/21 v. 28/09/2021

Fecha de publicación 28/09/2021