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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 554/2021

RESOL-2021-554-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2021

VISTO El Expediente EX 2019-104248707-APN-DGDMTI#MPYT, la Ley N° 23.551, Ley 25.674, N° 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de diciembre de 2019 y,

CONSIDERANDO

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que, con fecha 21 de noviembre de 2014 la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL con domicilio en Bartolomé Mitre N° 1563 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita reconocimiento de ampliación de personería gremial a todos los trabajadores dependientes de la Fiscalía de Estado de la Provincia de MENDOZA.

Que por Resolución N° 511 de fecha 6 de agosto de 1962 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo Personería Gremial, la que se encuentra registrada bajo el N° 534 para agrupar exclusivamente a los agentes del Tribunal de Cuentas de la Nación con zona de actuación en la Capital Federal.

Que por Resolución N° 414 de fecha 23 de mayo de 1995 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL se aprueba su nueva denominación que en lo sucesivo será ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL.

Que por Resolución N° 483 de fecha 31 de mayo de 2013 se le reconoce la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial a todo el personal que se desempeña bajo relación de dependencia con la Fiscalía de Estado de la Provincia de MENDOZA con zona de actuación en la Provincia de MENDOZA.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25, incisos a) y b) de la Ley N° 23.551 de Asociaciones Sindicales, se ha valorado la acreditación del universo de trabajadores y la acreditación de la representatividad respecto al personal que se desempeña bajo relación de dependencia con la Fiscalía de Estado de la Provincia de MENDOZA.

Que pudiendo existir en el ámbito y zona de actuación solicitado, colisión con los ámbitos que detentan sindicatos de primer grado con personería gremial preexistente, se corrió traslado en virtud de lo prescripto en el artículo 28 de la Ley N° 23.551 a las siguientes entidades: UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN) y ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE).

Que con fecha 16 de agosto de 2019 se realizó en la sede de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales la audiencia de cotejo de representatividad de las tres entidades, con control mutuo, a la que comparecieron representantes de la peticionaria, a exhibir su documentación.

Que la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) y la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN) no comparecieron a la audiencia, a pesar de encontrarse debidamente notificadas.

Que la peticionaria ha acreditado una representación constante en cada uno de los meses requeridos, por lo que se encuentran cumplidos los requisitos establecidos por el artículo 28 de la Ley N° 23.551 y del artículo 21 del Decreto Reglamentario N° 467/88.

Que a excepción de la interesada, ninguna entidad con Personería Gremial preexistente, acreditó poseer afiliación cotizante suficiente en el ámbito personal y territorial pretendido.

Que obra dictamen jurídico de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales al tomar intervención, receptando favorablemente la petición de autos.

Que, consecuentemente, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 25 y siguientes de la Ley N° 23.551, corresponde otorgar la ampliación de personería gremial a la peticionaria, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que conforme lo previsto por la Resolución N° 255 de fecha 22 de octubre de 2003 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no se produce desplazamiento alguno respecto del reconocimiento de la Personería Gremial de las entidades preexistentes en el ámbito del Sector Público.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, artículos 25 y 28 de la Ley 23.551 y el Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Otórgase a la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL, con domicilio en Bartolomé Mitre N° 1563 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ampliación de Personería Gremial para agrupar al personal que se desempeña bajo relación de dependencia con la Fiscalía de Estado de la Provincia de MENDOZA, con zona de actuación en la Provincia de MENDOZA.

ARTÍCULO 2º: Dispóngase la publicación sintetizada y sin cargo en el Boletín Oficial en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº 12 del 10 de octubre de 2001.

ARTICULO 3°: Regístrese en la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Claudio Omar Moroni

e. 15/09/2021 N° 67407/21 v. 15/09/2021

Fecha de publicación 15/09/2021