MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución 95/2021
RESOL-2021-95-APN-SABYDR#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-78378518- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N° RESOL-2021-91-APN-MAGYP de fecha 3 de junio de 2021 del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio, se aprobó el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que son objetivos principales de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL y de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES el diseño y ejecución de políticas de desarrollo de las producciones de las economías regionales, la mejora de la competitividad, la promoción comercial para mercados internos y externos y de la calidad, la inserción en las cadenas de valor de los productos de las economías regionales, el fortalecimiento del desarrollo económico social y el ordenamiento productivo regional, entre otros.
Que por la Resolución N° RESOL-2021-91-APN-MAGYP de fecha 3 de junio de 2021 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se creó el PROGRAMA IMPULSO AL DESARROLLO DE LAS ECONOMÍAS REGIONALES (IDER) en el ámbito de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del citado Ministerio.
Que la citada Resolución N° RESOL-2021-91-APN-MAGYP, a través del referido Programa, tiene como objetivo principal promover acciones destinadas a mejorar las condiciones socioeconómicas, productivas, comerciales y financieras de las economías regionales, en un marco de desarrollo sustentable con criterios de equidad social y territorial.
Que, por la referida Resolución N° RESOL-2021-91-APN-MAGYP se aprobó el Manual Operativo del citado Programa que registrado con el N° IF-2021-40017044-APN-DDPR#MAGYP, forma parte de la mencionada resolución, con los parámetros básicos y objetivos a los que deberá ajustar su tarea la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL y la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES al momento de diseñar, desarrollar y ejecutar dichas herramientas e instrumentos, como así también para trabajar mancomunadamente con las áreas del Gobierno Nacional, Provincial o Municipal que considere pertinente, habida cuenta del carácter transversal del Programa en cuestión.
Que por otra parte, es preciso considerar el actual escenario económico y social del país en virtud del dictado del Decreto N° 260 de fecha 12 marzo de 2020 y sus modificatorios, mediante el cual se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541.
Que en razón de lo expuesto, es imperioso proceder a un primer llamado para la presentación de Proyectos de Inversión Productiva para el Desarrollo de Economías Regionales en el marco del referido Programa.
Que corresponde aprobar las Bases y Condiciones a la que se ajustarán las referidas presentaciones de proyectos.
Que resulta menester delegar en la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES de la citada Secretaría, la evaluación y gestión de todas las actividades inherentes al referido Programa, así como la suscripción de los convenios vinculados al mismo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre 2019 y su modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la convocatoria a la presentación de Proyectos de Inversión Productiva para el Desarrollo de Economías Regionales mediante Aportes No Reembolsables (ANR), en el marco del PROGRAMA IMPULSO AL DESARROLLO DE LAS ECONOMÍAS REGIONALES (IDER) creado por la Resolución Nº RESOL-2021-91-APN-MAGYP de fecha 3 de junio de 2021 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el DOCUMENTO EJECUTIVO - BASES Y CONDICIONES DE LA 1º CONVOCATORIA A LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PRODUCTIVA PARA EL DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA IMPULSO AL DESARROLLO DE LAS ECONOMÍAS REGIONALES (IDER), que como Anexo I, registrado con el N° IF-2021-79404022-APN-DDPR#MAGYP, forma parte integrante de la presente medida, el cual regirá complementariamente al Manual Operativo del referido Programa que como Anexo, registrado con el N° IF-2021-40017044-APN-DDPR#MAGYP forma parte integrante de la citada Resolución Nº RESOL-2021-91-APN-MAGYP.
ARTÍCULO 3°.- La convocatoria dispuesta por el Artículo 1º de la presente medida tendrá la vigencia establecida en el referido Anexo I de la presente resolución y será por un monto máximo de PESOS CIEN MILLONES ($100.000.000), sujeto a disponibilidad presupuestaria.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, será la Autoridad de Aplicación del Programa y se encontrará facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase el modelo de FORMULARIO IDEA PROYECTO que como Anexo II, registrado con el N° IF-2021-79403727-APN-DDPR#MAGYP, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6°.- Apruébase el modelo de “FORMULARIO DE PROYECTO” en el marco de la Convocatoria IDER 2021 que como Anexo III, registrado con el Nº IF-2021-79403284-APN-DDPR#MAGYP, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 7°.- Apruébase el modelo de CONVENIO DE FINANCIAMIENTO DE PROYECTO a suscribirse entre LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES y el BENEFICIARIO (PERSONA HUMANA O JURÍDICA) que, como Anexo IV, registrado con el N° IF-2021-79402791-APN-DDPR#MAGYP, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 8°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo al Programa 44, Actividad 11 – Impulso al Desarrollo de Economías Regionales, de la Jurisdicción 52 – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Servicio Administrativo Financiero 363.
ARTÍCULO 9°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcelo Eduardo Alos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/
e. 31/08/2021 N° 62253/21 v. 31/08/2021
Fecha de publicación 31/08/2021