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MINISTERIO DE TRANSPORTE JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE

Resolución 261/2021

RESOL-2021-261-APN-JST#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-09342495-APN-DA#JST, la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541, el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 con sus complementarios y modificatorios, el Decreto N° 287 de fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión Administrativa Nº 409 de fecha 18 de marzo de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Disposiciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020; N° 53 de fecha 8 de abril de 2020 y N° 55 de fecha 22 de abril de 2020 con sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.514 y su Decreto Reglamentario N° 532 de fecha 9 de junio de 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, a través del expediente citado en el Visto, se dio inicio al trámite la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia COVID-19 N° 01/21 – Proceso de Compra N° 436-0003-CDI21- para la adquisición de elementos de seguridad e higiene para la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, en el marco de la Pandemia “Covid19”, de conformidad con lo establecido en el artículo 25° inciso d) apartado 5 del Decreto Delegado N° 1023/01 con sus modificatorios y complementarios.

Que el Honorable Congreso de la Nación, por medio de la publicación con fecha 23 de diciembre de 2019 de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541, declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

Que, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD respecto del Coronavirus “COVID-19”, se amplió, a través del dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 con sus modificatorios y complementarios, la emergencia sanitaria establecida mediante la Ley ut supra consignada.

Que, en ese marco, por medio de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020 se estableció el Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en la Emergencia, disponiendo que los principios generales a los que debe ajustarse la gestión de los procedimientos de selección son los enumerados en el artículo 3° del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto Delegado N° 1023/01.

Que, de las constancias del expediente surge que, por Resolución N° RESOL-2021-78-APN-JST#MTR, de fecha 8 de abril de 2021 se adjudicó la citada contratación por un monto total de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 1.681.297,20).

Que, de conformidad con ello, con fecha 16 de abril de 2021 se emitieron las siguientes Órdenes de Compra a través de la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES, a saber: N° 436-1012-OC21 por un monto total de PESOS CIENTO OCHO MIL ($ 108.000) a favor de JORGELINA PINEDA (CUIT N°27333622780); N° 436-1013-OC21 por un monto total de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 4.995) a favor de PEDRO GUSTAVO BARACCO (CUIT N° 20-16267352-2); N° 436-1014-OC21 por un monto total de PESOS VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 21.850) a favor de NORCA SRL (CUIT N°30537321160); N° 436-1015-OC21 por un monto total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON SETENTA CENTAVOS ($ 532.773,70) a favor de NO RISK S.A. (CUIT N°33715211209); N° 436-1016-OC21 por un monto total de PESOS CIEN MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($ 100.380) a favor de ELIO OMAR CANDUSSI (CUIT N°20232874326); N° 436-1017-OC21 por un monto total de PESOS VEINTE MIL DOSCIENTOS SETENTA ($ 20.270), a favor de ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (CUIT N°30656875786); N° 436-1018-OC21 por un monto total de PESOS DOSCIENTOS CINCO MIL CIENTO SETENTA ($ 205.170) a favor de DRIPLAN S.A. (CUIT N°30702227751); N° 436-1019-OC21 por un monto total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ ($ 295.510) a favor de CONSTRUCTORA ALTA BARDA S.A. (CUIT N°30710725906); N° 436-1020-OC21 por un monto total de PESOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 18.400) a favor de PROVEX SRL (CUIT N°30715170961); N° 436-1021-OC21 por un monto de PESOS CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 103.800) a favor de FLORENCIA BALLERGA (CUIT N°27283707321); N° 436-1022-OC21 por un monto total de PESOS ONCE MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 11.580) a favor de JUAN LISERRE (CUIT N°20105174099); N° 436-1023-OC21 por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 839,60) a favor de TRIGEMIOS S.R.L. (CUIT N°30711544581); N° 436-1024-OC21 por un monto total de PESOS TREINTA Y UN MIL CIENTO OCHO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 31.108,90) a favor de EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. (CUIT N°30710819552); N° 436-1025-OC21 por un monto total de PESOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS ($ 83.700) a favor de MARIO OMAR GARAVELLI (CUIT N°20122743064); N° 436-1026-OC21 por un monto total de PESOS DIECISIETE MIL ($ 17.000) a favor de 152BIS SAS (CUIT N°30715810782); N° 436-1027-OC21 por un monto total de PESOS SETENTA Y TRES MIL ($ 73.000) a favor de GBO ARGENTINA S.A. (CUIT N°30708003391); N° 436-1028-OC21 por un monto total de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a favor de VYAM GROUP SRL (CUIT N°30712307745) y; N° 436-1029-OC21 por un monto total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 47.920) a favor de DEBORA ALICIA LACUNZA (CUIT N°27261486690).

Que, en atención a las demandas del Organismo, la UNIDAD REQUIRENTE solicitó las siguientes ampliaciones, de hasta un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), en las Órdenes de Compra N° 436-1012-OC21 (renglón único); N° 436-1016-OC21 en los Renglones Nros. 14, 15 y 16; N° 436-1021-OC21 respecto del Renglón Nro. 18; N° 436-1026-OC21 (renglón único), N° 436-1027-OC21 (renglón único) y, N° 436-1028-OC21 (renglón único), encontrándose las mismas motivadas por el incremento del personal perteneciente a esta JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE y la prolongación de la pandemia COVID-19.

Que, en consecuencia, a través de la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES se procedió a efectuar la Solicitud de Ampliación a cada uno de los adjudicatarios conforme los valores solicitados, detectándose el rechazo del pedido de Incremento de la firma VYAM GROUP SRL (CUIT N°30712307745) - Orden de Compra N° 436-1028-OC21 mientras que, todos los demás han prestado la debida conformidad, cumplimentándose de esta manera la manda legal prescripta por el apartado 1 del inciso a) artículo 100 del Reglamento de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que la prerrogativa de la Administración de ampliar el contrato administrativo se encuentra prevista en el inciso b) del artículo 12 del Decreto Delegado N° 1023/01, reglamentado por el inciso a) del artículo 100 del Anexo al Decreto N° 1030/16.

Que, en esta instancia, corresponde aprobar las ampliaciones de las Órdenes de Compra N° 436-1012-OC21; N° 436-1016-OC21; N° 436-1021-OC21; N° 436-1026-OC21, N° 436-1027-OC21.

Que conforme surge de la intervención del área de PRESUPUESTO de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de esta Junta, el organismo cuenta con partida presupuestaria suficiente para afrontar el gasto que demande la ejecución de la presente contratación, tal como surge de las Ampliaciones N° 436-0005-AMP21; N° 436-0009-AMP21; N° 436-0010-AMP21; N° 436-0011-AMP21 y N° 436-0012-AMP21.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a través de la Ley N° 27.514, las previsiones del artículo 12 inciso b) del Decreto Nº 1023/01, con sus modificatorios y complementarios y, el artículo 9 del Anexo al Decreto N° 1030/16 Reglamentario de Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional con sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Amplíense, en un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), las siguientes Órdenes de Compra: 1) Orden de Compra N° 436-1012-OC21 (Renglón único), por un monto que asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 37.800) a favor de la firma JORGELINA PINEDA (CUIT N° 27-33362278-0); 2) Orden de Compra N° 436-1016-OC21 para los Renglones Nros. 14, 15 y 16, por un monto que asciende a la suma de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS VEINTE ($ 17.520) a favor de ELIO OMAR CANDUSSI (CUIT N° 20-23287432-6); 3) Orden de Compra N° 436-1021-OC21 para el Renglón Nro. 18 por el monto que asciende a la suma de PESOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 19.250) a favor de FLORENCIA BALLERGA (CUIT N°27-28370732-1); 4) Orden de Compra N° 436-1026-OC21 (Renglón único), por un monto que asciende a la suma de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 5.950) a favor de 152BIS SAS (CUIT N° 30-71581078-2) y 5) Orden de Compra N° 436-1027-OC21 (Renglón único), por un monto que asciende a la suma de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA ($ 25.550) a favor de GBO ARGENTINA S.A. (CUIT N°30-70800339-1); lo que representa un monto total que asciende a la suma de PESOS CIENTO SEIS MIL SETENTA ($106.070), en los términos del artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/01 y el artículo 100 inciso a) del Anexo al Decreto N° 1030/16, por los motivos expuestos en el Considerando de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Establézcase que a través de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN se proceda a imputar la erogación resultante de las Solicitudes de Ampliación N° 436-0005-AMP21; N° 436-0009-AMP21; N° 436-0010-AMP21; N° 436-0011-AMP21 y N° 436-0012-AMP21 a las partidas presupuestarias del Servicio Administrativo Financiero 671 de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3°.- Determínese que, a través de la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES, se proceda a emitir las Órdenes de Compra correspondientes.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a través de la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES a las firmas JORGELINA PINEDA (C.U.I.T. 27-33362278-0), 152BIS S.A.S. (C.U.I.T. 30-71581078-2), ELIO OMAR CARDUSSI (C.U.I.T. 20-23287432-6), GBO ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. 30-70800339-1), FLORENCIA BALLERGA (C.U.I.T. 27-28370732-1).

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y a la COMISIÓN DE RECEPCIÓN de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julian Obaid

e. 25/08/2021 N° 60334/21 v. 25/08/2021

Fecha de publicación 25/08/2021