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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BIENES DE INTERÉS HISTÓRICO NACIONAL

Decreto 560/2021

DCTO-2021-560-APN-PTE - Declaración.

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-05519665-APN-CGD#MECCYT, la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que hace más de CIEN (100) años un grupo de inmigrantes árabes provenientes de la REPÚBLICA ÁRABE SIRIA llegó a Sudamérica escapando del Imperio Otomano.

Que Moisés AZIZE y Jorge BATTIKHA (o BATICA), ambos inmigrantes pertenecientes a esa comunidad, fueron quienes concibieron la idea de honrar a la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que tanto Moisés AZIZE como Jorge BATTIKHA desarrollaron una amplia actividad social en nuestro país difundiendo su cultura de origen.

Que llegado a la Ciudad de BUENOS AIRES en el año 1908, Jorge BATTIKHA fundó junto con sus hermanos la empresa “BATICA HNOS”, dedicada al ramo de ferretería, la cual se trasladó luego a la Provincia de CÓRDOBA.

Que en el verano del año 1910 Jorge BATTIKHA, quien era un eximio escultor y destacado herrero, trabajó incansablemente para confeccionar su obra de homenaje a la REPÚBLICA ARGENTINA, según encargo de Moisés AZIZE, representante por entonces de la Comunidad Árabe, realizando la denominada “PLACA ÁRABE”.

Que la Placa Conmemorativa aludida precedentemente contiene materiales como oro, plata, bronce y mármol y luce grabaciones en sus costados, en idiomas árabe y español, alusivas a la REVOLUCIÓN DE MAYO y su Centenario de 1910, como así también puede observarse entre sus diversos grabados, la bandera del Imperio Otomano.

Que el 22 de mayo de 1910, la denominada “PLACA ÁRABE” fue obsequiada por sus promotores al Gobierno de la Provincia de CÓRDOBA y el 24 de mayo de ese año fue trasladada desde el edificio de la Sociedad “UNIONE E FRATELLANZA” hasta la entonces Casa de Gobierno en la Ciudad de CÓRDOBA, Provincia de CÓRDOBA, lugar donde aún permanece, en la calle Rivera Indarte N° 55, actualmente sede del “Espacio Cultural Museo de las Mujeres”.

Que la “PLACA ÁRABE” fue declarada de “Interés Cultural” por la AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E. de la Provincia de CÓRDOBA, mediante la Resolución de su Directorio N° 321 del 26 de septiembre de 2017.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS aconseja su declaratoria.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 1º ter, inciso b) de la Ley Nº 12.665.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase Bien de Interés Histórico Nacional a la Placa Conmemorativa de la Comunidad Siria, denominada “PLACA ÁRABE”, en Homenaje al Primer Centenario de la REVOLUCIÓN DE MAYO DE 1810, emplazada y custodiada en el “Espacio Cultural Museo de las Mujeres”, sito en la calle RIVERA INDARTE N° 55 de la Ciudad de CÓRDOBA, Provincia de CÓRDOBA.

ARTÍCULO 2º.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las normas complementarias.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Tristán Bauer

e. 25/08/2021 N° 60590/21 v. 25/08/2021

Fecha de publicación 25/08/2021