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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA RÍO GRANDE

Desde Actuación SIGEA N° 12817-10777-2019 (SUCOA N.º 049-SC-065-2019/0), caratulada “NAVARRO AREVALO BRIAN JOSEU y LUIS JUAN /psta. inf. Art. 970 del Código Aduanero”, se hace saber a LUIS JUAN DNI 39.521.655 … “RIO GRANDE, 26 NOV 2019, VISTO... CÓRRASE VISTA a LUIS JUAN DNI 39.521.655, por considerarlo presunto responsable de la infracción prevista y penada por el art. 970 del Código Aduanero, al pago de una multa de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y UNO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 289.171,91) importe consistente en el valor de los tributos del rodado en infracción, con más la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON VEINTICINCO CENTAVOS (U$S 6.951,25) conforme el siguiente detalle: u$s 3.665,44 derechos de importación – u$s 261,82 tasa de estadística – u$s 3.023,99 I.V.A. y PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESETNA CON NOVETNAY CINCO CENTAVOS ($ 59.860,95) ($29.234,42 I.V.A. adicional y $30.626,53 Impuestos a las Ganancias) equivalentes a los tributos de la mercadería en infracción, utilizándose para su conversión en pesos el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º inc a), 3º y 4º de la Resolución General AFIP N.º 3271/2012, dejados de abonar, en los términos previstos en el art. 370 del Código Aduanero y art. 2º del Decreto PEN 654/94 por la reimportación a consumo irregular en el Territorio Nacional Continental (T.N.C.) del rodado objeto de infracción”. Firmado y sellado: Sr. Alberto Ángel MANCUELLO – Administrador Aduana de Río Grande. Queda Ud. debidamente notificado.

Alberto A. Mancuello, Administrador.

e. 24/08/2021 N° 59847/21 v. 24/08/2021

Fecha de publicación 24/08/2021