Edición del
15 de Octubre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 672/2021

DI-2021-672-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-36557625-APN-DCSYL#CNRT, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la Contratación Directa por Emergencia N° 73-0027-CDI21, denominada COMPULSA - COVID-19 Nº 6/2021 - llevada a cabo con el objeto de tramitar la adquisición de INSUMOS DE PROTECCIÓN DEL PERSONAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020 y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del coronavirus, como una PANDEMIA.

Que el presente procedimiento se inició a instancia de lo solicitado por la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA FERROVIARIA mediante la Nota Nº NO-2021-30673748-APN-GFTF#CNRT, por la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN GESTIÓN FERROVIARIA mediante la Nota Nº NO-2021-35217087-APN-GFGF#CNRT y por la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS mediante la Nota Nº NO-2021-33437684-APN-GCYPS#CNRT, a los efectos de adquirir insumos y elementos de protección necesarios, tanto para el cuerpo de fiscalizadores que se encuentran cumpliendo tareas de apoyo y control en los distintos puntos de fiscalización en el marco de la Pandemia COVID19, como así también, para el personal de la oficina de Calidad, a fin de que, en los referidos espacios se pueda brindar un servicio seguro, tanto, para los trabajadores de nuestro Organismo, como para el público en general.

Que atento a las motivaciones descriptas ut supra, se inició un procedimiento de selección enmarcado en una “CONTRATACION DIRECTA POR EMERGENCIA- COVID-19, conforme el procedimiento establecido, específicamente, en el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1º de la Disposición N° DI-2020-55-APN -ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al expediente de la referencia como IF-2021-56500577-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella, todos las condiciones particulares y técnicas que rigieron la presente contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-51605981-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.

Que el 22 de junio de 2021, se efectuó el Acto de Apertura, generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose las ofertas de las firmas UNOLEX SA (CUIT Nº 33-70936634-9), PROVEX SRL (CUIT Nº 30-71517096-1), SERGIO DANIEL MARTINO (CUIT Nº 20-12489385-3) y ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT Nº 27-16910912-0).

Que analizadas las ofertas, y tomando en consideración la opinión vertida por el área requirente, obrante en la Nota Nº NO-2021-57976578-APN-GFGF#CNRT, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe Nº IF-2020-61644014-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar: los Renglones Nros. 1 y 6 a la firma UNOLEX SA por suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 88.000.-); los Renglones Nros. 2, 3 y 5 a la firma PROVEX SRL por la suma de PESOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 30/00 ($ 21.667,30.-); el Renglón Nº 4 a la firma ROSANA MARIA LEONOR POLLERO por la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 4.280.-) y el Renglón Nº 7 a la firma SERGIO DANIEL MARTINO por la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($ 11.800.-), por ser las ofertas de menor costo y resultar las mismas admisibles y convenientes, toda vez que se ajustan técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a los valores de mercado y a la normativa vigente para este tipo de procedimientos.

Que en razón a ello, corresponde desestimar la oferta presentada para el Renglón Nº 7 de la firma ROSANA MARIA LEONOR POLLERO, siendo que la proveedora no cumplió con lo solicitado en el artículo 4.3.5. Documentación a presentar inciso a), del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, inherente a la presentación de Folletos ilustrativos, fotos, y toda otra documentación/información que ayude a la descripción e identificación unívoca del bien/producto ofrecido.

Que en relación al Renglón Nº 7 relativo a la adquisición de 1 (UN) Router requerido por la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GESTIÓN FERROVIARIA debido a la necesidad de realizar videos conferencias/reuniones/llamadas con el personal que no se encuentran trabajando en forma presencial debido a la emergencia sanitaria, surge que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), sobre la adquisición de equipos informáticos y/o servicios informático en los Procedimientos Especiales de CONTRATACIÓN DE EMERGENCIA COVID-19, ha indicado que dicho requisito forma parte del Régimen General del cual están excluidos estos procedimientos de excepción, no debiéndose dar intervención a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN (ONTI).

Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES informó la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar la medida que tramita por los presentes actuados.

Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la Disposición CNRT Nº DI-2020-125-APN-CNRT#MTR, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35, y lo dispuesto en el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Nº 1030/16 y el Anexo al referido artículo 9º.

Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios y en los términos del Decreto Nº 302/2020.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación Directa por Emergencia N° 73-0027-CDI21, denominada COMPULSA - COVID-19 Nº 6/2020 – llevada a cabo con el objeto de tramitar la adquisición de INSUMOS DE PROTECCIÓN DEL PERSONAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020 y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.

ARTÍCULO 2.- Apruébase las condiciones particulares y técnicas que rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-51605981-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Adjudícase los Renglones Nros. 1 y 6 a la firma UNOLEX SA por suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 88.000.-); los Renglones Nros. 2, 3 y 5 a la firma PROVEX SRL por la suma de PESOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 30/00 ($ 21.667,30.-); el Renglón Nº 4 a la firma ROSANA MARIA LEONOR POLLERO por la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 4.280.-) y el Renglón Nº 7 a la firma SERGIO DANIEL MARTINO por la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($ 11.800.-), por ser las ofertas de menor costo y resultar las mismas admisibles y convenientes, toda vez que se ajustan técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a los valores de mercado y a la normativa vigente para este tipo de procedimientos, conforme surge del informe de recomendación elaborado por el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA mediante el Informe Nº IF-2020-61644014-APN-DCSYL#CNRT.

ARTÍCULO 4°.- Desestímase la oferta presentada para el Renglón Nº 7 de la firma ROSANA MARIA LEONOR POLLERO, siendo que la proveedora no cumplió con lo solicitado en el artículo 4.3.5. Documentación a presentar inciso a), del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, inherente a la presentación de Folletos ilustrativos, fotos, y toda otra documentación/información que ayude a la descripción e identificación unívoca del bien/producto ofrecido.

ARTÍCULO 5°.- Establézcase que intervendrán en la recepción de los bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los miembros que integran la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por la Disposición CNRT Nº DI-2020-125-APN- CNRT#MTR dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Disposición por el monto total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 30/00 ($ 125.747,30.-), se imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y a las partidas que correspondan.

ARTÍCULO 7°.- Dáse intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.

ARTÍCULO 8°.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo anterior y archívese.

Jose Ramon Arteaga

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: “COMPR.AR”.

e. 11/08/2021 N° 56171/21 v. 11/08/2021

Fecha de publicación 11/08/2021