ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 908/2021
RESOL-2021-908-APN-ENACOM#JGM FECHA 6/8/2021 ACTA 72
EX-2021-23168470-APN-REYS#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Otorgar a la COOP. DE TRABAJO INGECOOP LTDA., licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2 - La presente Licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación de los servicios a registrar, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este Organismo. 3 - Otorgar a la COOP. DE TRABAJO INGECOOP LTDA., un plazo de 90 días a contar de la publicación de la presente, a fin de que presente ante este Organismo, copia del acta de designación de autoridades vigentes, junto a su constancia de comunicación fehaciente al INAES y el comprobante de inscripción del acta constitutiva de la Cooperativa ante tal organismo. 4 - Notifíquese a la interesada. 5 - Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado:Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 11/08/2021 N° 55896/21 v. 11/08/2021
Fecha de publicación 11/08/2021