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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Resolución 87/2021

RESOL-2021-87-APN-SGYEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-64558496- -APN-SGYEP#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 20.173, los Decretos N° 1536 de fecha 19 de septiembre de 2008 y sus modificatorios, Nº 619 de fecha 26 de abril de 2016 y su modificatorio, N° 852 de fecha 23 de octubre de 2017 y Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 140 de fecha 9 de marzo de 2018, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 23 de fecha 9 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 20.173 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, el cual tiene dentro de sus finalidades la de fijar la política del Sistema Nacional de Capacitación, estableciendo normas y pautas metodológicas y realizando la supervisión, evaluación y certificación de la capacitación permanente llevada a cabo en los organismos de la Administración Nacional, y asistir técnicamente el desarrollo de los planes de formación en organismos, asegurando la capacitación estratégica en políticas de transformación de la gestión pública; así como también la de desarrollar los estudios para la capacitación de los agentes públicos en virtud del proceso de modernización del Estado, fomentando el aprendizaje organizacional y el análisis comparado, y resguardando en forma sistematizada la información y documentación correspondiente.

Que mediante el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional central hasta nivel de Subsecretaría, creándose, entre otras, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la cual tiene dentro de sus competencias el diseño e implementación de las políticas de fortalecimiento institucional, capacitación y carrera administrativa para el personal de la Administración Pública Nacional; así como la de asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e implementación de las políticas de capacitación y carrera administrativa para el personal de la Administración Pública Nacional; tal como se menciona en el Anexo II de la norma.

Que por el citado Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, también se estableció que el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA tiene nivel de Subsecretaría con dependencia de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, y se fijó entre sus objetivos -en tanto órgano rector del Sistema Nacional de Capacitación- el de entender en la ejecución de la política de capacitación y formación para el personal de las distintas Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional.

Que a través del artículo 1° del Decreto Nº 619 del 24 de abril de 2016 y su modificatorio, se facultó a las y los Ministros a efectuar designaciones y contrataciones para el desempeño de actividades docentes, incluyendo al personal retribuido por horas cátedra comprendido en el Decreto N° 1536 del 19 de septiembre de 2008 y sus modificatorios, estableciendo criterios y procedimientos para dicha designación.

Que en el artículo 1° del Decreto N° 852 del 23 de octubre de 2017 se excluyó al INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA de los alcances del mencionado Decreto N° 1536/08 y sus modificatorios.

Que por Resolución del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 140 del 9 de marzo de 2018, se estableció la nómina de las categorías correspondientes a las personas prestadoras docentes del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA; el valor de la hora cátedra correspondiente a cada categoría; y la integración y funciones de la COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS TÉCNICO-DOCENTES.

Que por Resolución de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 23 del 9 de marzo de 2018, se estableció el régimen de prestaciones para el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Que, en esta instancia, resulta oportuno y conveniente renovar las disposiciones del régimen citado en el párrafo precedente con la finalidad de dotarlo de un mayor alcance y eficacia operativa, adecuándolo a los objetivos estratégicos que orientan a la actual administración.

Que mediante IF-2021-70049970-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 23 de fecha 9 de marzo de 2018.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “RÉGIMEN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS FORMATIVOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA” que, como Anexo IF-2021-72080902-APN-INAP#JGM, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA para establecer los criterios complementarios para el pago de horas cátedra con la finalidad de tornar operativas las pautas reglamentarias establecidas en la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ana Gabriela Castellani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/08/2021 N° 56170/21 v. 11/08/2021

Fecha de publicación 11/08/2021