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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 152/2021

RESOL-2021-152-APN-MI

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2021

VISTO los Expedientes Nros. EX-2021-28478745- -APN-DDRH#MI, EX-2019-09163881- -APN-DGDYL#MI y EX-2020-50631463- -APN-DGRH#MI, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto reglamentario Nº 1421, del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios; el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098, del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios; los Decretos Nros. 355 del 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios, 36 del 14 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 296 del 18 de marzo de 2020 y 564 del 24 de junio de 2020; la Decisión Administrativa N° 1184 del 2 de julio de 2020; las Resoluciones Nros. 82 del 25 de agosto de 2017, 230 del 26 de julio de 2019 y 316 del 11 de septiembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, 1 del 30 de enero de 2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, 10 del 10 de febrero de 2020 del MINISTERIO DEL INTERIOR, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° del Decreto N° 355/17 y sus modificatorios, se facultó a los Ministros a entender en materia de designaciones de personal ingresante a la planta permanente luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección.

Que por el artículo 4° del Decreto N° 36/19 se instruyó a los Ministros y Ministras, Secretarios y Secretarias de la Presidencia de la Nación, Autoridades Superiores de organismos descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado de la Administración Pública Nacional, a revisar los procesos concursales y de selección de personal, en cualquier instancia en que se encuentren, a fin de analizar su legalidad, y en particular el cumplimiento y pertinencia de los requisitos previstos para el cargo concursado merituando los antecedentes presentados por los postulantes.

Que la Resolución N° 1/20 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO reglamenta el procedimiento para el cumplimiento del Decreto N° 36/19, y dispone, en su artículo 7°, que la Oficina Nacional de Empleo Público dictaminará sobre cada caso en revisión, devolviendo las actuaciones a la Jurisdicción correspondiente para la formalización del acto administrativo, en cada caso que modifique el proceso de selección analizado.

Que, mediante Resolución N° 230/19 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, se inició el proceso para la cobertura de los cargos de Director/a de Asuntos Judiciales y Director/a de Normativas Especiales del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por Resolución N° 316/19 de la ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, se aprobaron las bases del concurso dictadas por el Comité de Selección designado y se llamó a convocatoria abierta para la cobertura de los cargos previamente citados.

Que el proceso concursal en cuestión, alcanzó la instancia de aprobación de la Orden de Mérito por el Comité de Selección designado por Acta N° 13 de fecha 15 de noviembre de 2019, en el marco de lo dispuesto en el Anexo I de la Resolución N° 39 del 18 de marzo 2010 y sus modificatorias, de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el concurso antes mencionado fue analizado de conformidad con lo ordenado por el Decreto N° 36/19 y la Resolución N° 1/20 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO.

Que por la Resolución N° 10/20 del MINISTERIO DEL INTERIOR se conformó el equipo técnico revisor.

Que, en consecuencia, habiendo efectuado a la revisión encomendada, el equipo técnico revisor concluyó que no existían circunstancias que obstaran a su legalidad, no obstante lo cual sugirió a las autoridades de este Ministerio “suspender los procesos de selección para cargos con función ejecutiva en tanto se juzga conveniente analizar dichos procesos a la luz de los nuevos objetivos de gestión y de la estructura vigente para el MINISTERIO DEL INTERIOR”.

Que la Dirección de Procesos de Selección de Personal de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tomó la intervención de su competencia y dio por cumplidas las exigencias del Decreto N° 36/20 a través de la Nota N° NO-2020-59789819-APN-DPSP#JGM.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobaron el Organigrama y los Objetivos de las Unidades Organizativas de la Administración Pública Nacional, y se dispuso la transferencia de las competencias y las unidades organizativas estructurales, con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios, bienes, dotaciones y personal, del entonces Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, a los Ministerios del Interior, de Obras Públicas y de Desarrollo Territorial y Hábitat.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 1184/20 se aprobó la nueva estructura organizativa de los distintos niveles operativos del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que las estructuras orgánicas de las reparticiones son reglamentos de organización establecidos por el Poder Ejecutivo, que tratan acerca del deslinde de tareas y la asignación de funciones constituyendo la diferente categorización de cargos y funciones en ella establecidas, una potestad que integra la denominada zona de reserva de la Administración. La forma de división del trabajo y la consecuente asignación de atribuciones a los distintos órganos que se determine deberá responder a la estrategia adoptada por cada organismo, con miras al cumplimiento de sus objetivos y de las responsabilidades derivadas de la implementación de las políticas públicas a su cargo (v. Dictámenes 265:172; 305:270).

Que las habilidades, conocimientos y criterios de evaluación oportunamente adoptados en el proceso concursal en cuestión, no se adecúan a los actuales criterios organizativos de gestión y a las necesidades de servicio existentes en esta Jurisdicción., circunstancias estas que resultan motivación suficientemente razonable como para dejarlo sin efecto.

Que las etapas alcanzadas en el concurso en trato conforman actos preparatorios que resuelven etapas previas a la formación de la voluntad administrativa, en el marco de un proceso de toma de decisiones complejo que requiere la intervención de diferentes actores (Dictámenes 264:072).

Que, en este sentido, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el marco de la intervención de su competencia, manifestó que los procesos aquí revisados estaban en una etapa donde la voluntad de la Administración aun no se había expedido en forma definitiva mediante una designación, por lo que la decisión adoptada por el citado equipo técnico revisor, no vulnera derecho adquirido alguno y responde a necesidades genuinas de gestión, en las que el perfil de los cargos ya no era adecuado a los nuevos tiempos organizacionales de la administración, por tanto, responde a facultades propias de organizacion de la autoridad administrativa que se ejercieron razonablemente.

Que la Dirección General de Recursos Humanos de este Ministerio ha intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios, 4° del Decreto N° 36 del 14 de diciembre de 2019 y 7° de la Resolución N° 1 del 30 de enero de 2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjese sin efecto el proceso de selección de personal de los cargos con función ejecutiva detallados en el Anexo I que como IF-2021-61057648-APN-DGRH#MI forma parte integrante de la presente, correspondientes a la entonces SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del ex MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, concursado mediante la convocatoria dispuesta por la Resolución N° 230 del 26 de julio de 2019 de la ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a los interesados conforme las previsiones del Artículo 40 y subsiguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 (T.O. 2017).

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Enrique de Pedro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/08/2021 N° 55394/21 v. 10/08/2021

Fecha de publicación 10/08/2021