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MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1021/2021

RESOL-2021-1021-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-70795349- -APN-DGD#MC, los artículos 14 y 14 bis de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, las Leyes Nº 22.431 y su Decreto Reglamentario N° 312 de fecha 2 de marzo de 2010, Nº 25.164 y su Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y N° 27.636, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios y el Decreto N° 721 de fecha 3 de septiembre de 2020, la Resolución Conjunta Nº 4 de fecha 20 de mayo de 2021 (RESFC-2021-4-APN-MC), emanada del MINISTERIO DE CULTURA y la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que con la finalidad de generar oportunidades de inclusión social y potenciar las capacidades de las personas jóvenes en situación de desempleo, a través de la Resolución Conjunta Nº 4/21 (RESFC-2021-4-APN-MC), se creó el PROGRAMA: “PRACTICA” (Primera Actividad Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral), de acuerdo al contenido obrante en el Anexo (IF-2021-39951244-APN-ONEP#JGM), que forma parte de la medida.

Que la iniciativa adoptada procura resolver las necesidades de servicios transitorios o estacionales en el ámbito de las políticas culturales desarrolladas por el Estado Nacional en un marco de transparencia, igualdad y plenos derechos laborales, y capacitar para la transición del sistema educativo formal al mundo del trabajo o para la reinserción laboral de las personas en situación de desempleo.

Que el Programa referido tiene como destinatarios personas jóvenes, que hayan completado el curso del nivel secundario de educación formal obligatoria, aunque adeuden materias, para quienes las dimensiones del aprendizaje y el trabajo adquieren un valor estratégico dentro de un modelo de desarrollo integral e inclusivo, siendo la educación, la formación y los procesos de apoyo a la inserción en el mundo del empleo de calidad fundamentos claves para el logro de la deseada igualdad de resultados.

Que de este modo, se propone brindar a las personas que respondan a los perfiles que se definan en cada convocatoria, un empleo temporario dotado de plenos derechos laborales, en el marco de las políticas culturales que despliega el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, y a la vez que se poner a su disposición una oferta de capacitación gratuita tendiente a fortalecer las competencias necesarias para su pronta inserción en el mundo del trabajo de calidad.

Que es dable destacar que los procesos de selección de personal que se realicen en el marco de las Convocatorias del Programa, deberán contemplar criterios de paridad de géneros, no discriminación de las diversidades sexuales y de las personas con alguna discapacidad, garantizando el cumplimiento de las disposiciones del Título II, Capítulo II de la Ley Nº 22.431 y del Decreto N° 721 de fecha 3 de septiembre de 2020.

Que para la consecución de los objetivos reseñados precedentemente, en el marco de las políticas culturales y acciones que desarrolla este Ministerio, atento la próxima reapertura de actividades del CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” y del PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE, que funcionan en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES, como así también, de los Museos Nacionales dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, resulta pertinente implementar la Primera Convocatoria del PROGRAMA: “PRACTICA” (Primera Actividad Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral), a efectos de cubrir las necesidades de servicios estacionales que generará la organización y desarrollo de distintos eventos, espectáculos, talleres y muestras en dichos espacios.

Que a través de las dependencias mencionadas se ha solicitado la cobertura de un total de CIENTO VEINTICUATRO (124) perfiles laborales, que se instrumentará mediante la oportuna celebración con las personas seleccionadas de contratos de locación de servicios, bajo el régimen previsto en el artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.165 y su respectiva reglamentación aprobada por Decreto N° 1421/02.

Que en virtud del procedimiento previsto en el Anexo (IF-2021-39951244-APN-ONEP#JGM) de la Resolución Conjunta Nº 4/21 (RESFC-2021-4-APN-MC), ha tomado intervención competente la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que asimismo a través de la DIRECCIÓN INSTITUCIONAL del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, se han diseñado y aprobado los circuitos de capacitación específicos adecuados a los perfiles que se establecen en la presente Convocatoria.

Que a mérito de lo expuesto, corresponde aprobar la Primera Convocatoria del PROGRAMA: “PRACTICA” (Primera Actividad Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral), de acuerdo al cronograma de fechas, perfiles de empleo requeridos, requisitos y condiciones, que se describen en el ANEXO I (IF-2021-70988662-APN-DGRRHH#MC) que forma parte de la presente medida.

Que asimismo, corresponde aprobar el Circuito Formativo Aplicable a los participantes que sean seleccionados en el marco de la presente Convocatoria, de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO II (IF-2021-70983463-APN-DGRRHH#MC), que integra la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones previstas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y de acuerdo a lo establecido en la Resolución Conjunta Nº 4/21 (RESFC-2021-4-APN-MC).

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la Primera Convocatoria del PROGRAMA: “PRACTICA” (Primera Actividad Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral), de acuerdo al cronograma de fechas, perfiles de empleo requeridos, requisitos y condiciones, que se describen en el ANEXO I (IF-2021-70988662-APN-DGRRHH#MC), que forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Circuito Formativo Aplicable a los participantes de la Primera Convocatoria del PROGRAMA: “PRACTICA” (Primera Actividad Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral), de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO II (IF-2021-70983463-APN-DGRRHH#MC), que forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/08/2021 N° 55293/21 v. 09/08/2021

Fecha de publicación 09/08/2021