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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 936/2021

RESOL-2021-936-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2021

VISTO el EX-2020-55110403- -APN-GCYCG#INCAAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificaciones, los Decretos N° 1536, de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020, y sus modificatorios y complementarios, las Resoluciones INCAA N° 3100 de fecha 11 de octubre de 2013, 528-E de fecha 9 de septiembre de 2020, y su modificatoria N° 608-E de fecha 12 de octubre de 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 2° de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece que el CONSEJO ASESOR del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, se integra con ONCE (11) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, de los cuales CINCO (5) serán propuestos por la ASAMBLEA FEDERAL de dicho Instituto, debiendo ser personalidades relevantes de la cultura, UNO (1) por cada región cultural y los SEIS (6) restantes con personalidades relevantes de la industria que serán propuestos por las entidades que con personería jurídica o gremial representen a los distintos sectores del quehacer cinematográfico.

Que con motivo de la pandemia decretada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) como consecuencia del coronavirus COVID-19, se dictó la ampliación de la emergencia sanitaria mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020 y se establecieron sucesivas medidas de Aislamiento Social mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020, y sus modificatorios y complementarios.

Que la ASAMBLEA FEDERAL constituida el 7 de agosto de 2020 propuso CINCO (5) personalidades de las diferentes regiones culturales del país para la tramitación de la designación del CONSEJO ASESOR según la normativa vigente.

Que el artículo 2º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias dispone que las entidades del quehacer cinematográfico con personería jurídica o gremial propongan SEIS (6) personalidades relevantes de la industria según el sector que cada una represente, con la misma finalidad.

Que estas propuestas incluirán “DOS (2) directores cinematográficos, DOS (2) productores, uno de los cuales deberá ser productor de series, miniseries, telefilms o películas destinadas a la exhibición televisiva o por medio de videocasetes; UN (1) técnico de la industria cinematográfica y UN (1) actor con antecedentes cinematográficos”.

Que la norma establece que en caso de existir más de una entidad representativa en un mismo sector, con personería jurídica o gremial acreditada, las propuestas para integrar el CONSEJO ASESOR deberán ser consensuadas, quedando vacante el lugar respectivo hasta que se produzca un acuerdo entre dichas entidades.

Que en virtud de lo antes mencionado y a los efectos de conseguir una más amplia convocatoria y participación de las entidades que con personería jurídica o gremial representen a los sectores del quehacer cinematográfico mencionados en el artículo 2º de la norma citada, se estimó conducente realizar una convocatoria pública.

Que a tal efecto, por Resolución INCAA N° 528-E/2020 se convocó a las entidades representativas del quehacer cinematográfico para que propusieran SEIS (6) personalidades relevantes de la industria en los términos del artículo 2° de la Ley 14.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que en respuesta a dicha convocatoria las respectivas entidades propusieron SEIS (6) postulantes al CONSEJO ASESOR, cuyos nombres fueron elevados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES el 17 de diciembre de 2020.

Que con fecha 18 de febrero de 2021, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN elevó dichas actuaciones a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que con fecha 9 de marzo de 2021 el candidato propuesto por la Región Patagonia renunció a su candidatura.

Que el 11 de marzo se remitió a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN las Declaraciones Juradas de los restantes miembros propuestos y el 29 de marzo el listado de deudores ante el INCAA.

Que con fecha 4 de julio de 2021 la ASAMBLEA FEDERAL, nuevamente constituida, aceptó la renuncia del candidato por la Región Patagonia y eligió a su reemplazante.

Que el 14 de julio de 2021 la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN remitió una providencia al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES solicitando su intervención.

Que con fecha 19 de julio de 2021 el Presidente del Instituto respondió a dicha providencia mediante nota al Director General de Despacho y Decretos de la SECRETARÍA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, coincidiendo en la imperiosa necesidad de designar al CONSEJO ASESOR y señalando la posibilidad de hacerlo sin la totalidad de sus consejeros.

Que con fecha 26 de julio de 2021 se informó la necesidad de rectificar una propuesta de las entidades de productores cinematográficos para la designación del CONSEJO ASESOR, para que todos los postulantes cumplieran con los requisitos necesarios.

Que esto fue puesto en conocimiento de dichas entidades el 28 de Julio, en una reunión mantenida por las máximas autoridades del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES con seis entidades de manera presencial, en la sede del INCAA, y dos de manera virtual.

Que mediante un correo fechado el 29 de julio de 2021 se informó lo mismo a las autoridades culturales integrantes de la ASAMBLEA FEDERAL y a las restantes entidades del quehacer cinematográfico.

Que al día de la fecha, no contando aún con respuestas a estos requerimientos, es necesario fijar un plazo para obtenerlas y poder remitirlas al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, y por su intermedio a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervenciónn que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 2º y 3º de la Ley N.º 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y los Decretos Nº 1536/2002 y Nº 90/2020

POR ELLO,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Fijar un plazo de CINCO (5) días hábiles desde la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución para que las entidades representativas de la Producción Cinematográfica argentina rectifiquen o ratifiquen sus respectivas propuestas de personalidades relevantes de ese sector en los términos del artículo 2º de la Ley 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, en forma fehaciente, cumpliendo iguales requisitos que los indicados en la Resolución N° 528/2020, para que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES las eleve a la consideración de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA de la NACION a fin de que el PODER EJECUTIVO designe a los / las integrantes del CONSEJO ASESOR.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Luis Adalberto Puenzo

e. 09/08/2021 N° 55124/21 v. 09/08/2021

Fecha de publicación 09/08/2021