MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 478/2021
RESOL-2021-478-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2021
Visto el expediente EX-2021-46858291-APN-DGDA#MEC, la ley 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2021, los decretos 2098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de 2017 y 50 del 19 de diciembre de 2019, la decisión administrativa 1314 del 22 de julio de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que en el decreto 355 del 22 de mayo de 2017 se establece, entre otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la Presidencia de la Nación y las/los Secretarias/os de Gobierno.
Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al Ministerio de Economía.
Que mediante la decisión administrativa 1314 del 22 de julio de 2020, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del Ministerio de Economía, con excepción de la Secretaría de Finanzas.
Que en esta instancia, corresponde asignar a Graciela Adriana Luciani (MI N° 18.117.872) las funciones transitorias de Directora de Gestión de Cobranzas, y a Carmen Graciela Manzano (MI N° 18.093.585) las funciones transitorias de Directora de Administración de Cuentas Bancarias, ambas dependientes de la Tesorería General de la Nación de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, con carácter transitorio, situación que se encuentra comprendida en el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado mediante el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, y en los apartados I, II y III del inciso a del artículo 15 del anexo I al decreto 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la ley 25.164.
Que ha tomado intervención el área competente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 3° del decreto 355/2017.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas, a partir del 20 de marzo de 2021, con carácter transitorio, las funciones de Directora de Gestión de Cobranzas dependiente de la Tesorería General de la Nación de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, nivel B, grado 0, función ejecutiva nivel III, a Graciela Adriana Luciani (MI N° 18.117.872), de la planta permanente, nivel A, grado 4, tramo intermedio, agrupamiento profesional, en los términos del Título X del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado mediante el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008.
ARTÍCULO 2°.- Danse por asignadas, a partir del 1° de junio de 2021, con carácter transitorio, las funciones de Directora de Administración de Cuentas Bancarias dependiente de la Tesorería General de la Nación de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, nivel B, grado 0, función ejecutiva nivel III, a Carmen Graciela Manzano (MI N° 18.093.585), de la planta permanente, nivel B, grado 9, tramo avanzado, agrupamiento profesional, en los términos del Título X del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado mediante el decreto 2098/2008.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que las asignaciones transitorias de funciones dispuestas en los artículos precedentes en los cargos allí mencionados se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de tres (3) años, conforme lo dispuesto en los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en esta medida será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Economía para el ejercicio 2021.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
e. 05/08/2021 N° 54416/21 v. 05/08/2021
Fecha de publicación 05/08/2021