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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Decisión Administrativa 777/2021

DECAD-2021-777-APN-JGM - Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-55610500-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591, los Decretos Nros. 40 del 25 de enero de 2007, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y la Decisión Administrativa N° 1881 del 10 de diciembre de 2018 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que el artículo 7° de la citada Ley estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de entrada en vigencia de la misma, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa N° 1881/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado organismo.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Coordinador/a Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL BUENOS AIRES SUR de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.591 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 1° de febrero de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al médico veterinario Jorge Alberto DE WYSIECKI (D.N.I. N° 12.285.168) en el cargo de Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL BUENOS AIRES SUR de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Agrupamiento Operativo - Categoría Profesional - Grado 13 - Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40/07.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Directiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido por la Resolución Conjunta N° 89/08 y N° 16/08 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Entidad 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Luis Eugenio Basterra

e. 05/08/2021 N° 54562/21 v. 05/08/2021

Fecha de publicación 05/08/2021