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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 244/2021

ACTA N° 1704

Expediente N° EX-2019-90242394-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 30 DE JULIO DE 2021

La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación de la Capacidad de Transporte existente y emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE SALTA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESA S.A.), para la realización de la obra consistente en la ampliación de la Estación Transformadora (ET) Joaquín V. González, ubicada en la Provincia de SALTA, cuya operación y mantenimiento se encuentra bajo jurisdicción de la transportista, mediante el reemplazo de los DOS (2) Transformadores de 132/33/13,2 kV - 7,5/7,5/5 MVA por DOS (2) Transformadores de similares características de 132/33/13,2 kV - 15/10/15 MVA. 2.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde va a ser realizada la obra o donde pueda afectar eléctricamente, en los que se deberá consignar que se otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos -a ser computados desde la última publicación efectuada- para que quien considere que la obra pueda afectarlo, en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que en caso que existan presentaciones fundadas comunes a otros usuarios, se procederá a convocar a una Audiencia Pública, a fin de recibir dichas oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos en defensa de la solicitud publicada. 4.- Disponer que una vez vencidos los plazos establecidos en el artículo 2 sin que se registre la presentación de planteo u oposición fundado en los términos indicados, en atención a los informes técnicos favorables obrantes en este expediente, el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) procederá a dictar un acto administrativo a fin de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública solicitado para la obra de Ampliación de la ET 132/33/13,2 kV Joaquín V. González. 5.- EDESA S.A. deberá dar estricto cumplimiento a las observaciones y comentarios que fueran efectuados por TRANSNOA S.A. y por CAMMESA en sus respectivos Informes Técnicos (IF-2019-90814783-APN-SD#ENRE e IF-2019-95952077-APN-SD#ENRE). 6.- Hacer saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA) implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE N° 555 de fecha 17 de octubre de 2001 y complementarias, deberá incorporar, en el primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas, y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998, en el perímetro de la ET Joaquín V. González. 7.- Hacer saber que las instalaciones eléctricas involucradas en las obras a desarrollar en la ET Joaquín V. González 132/33/13,2 kV, bajo jurisdicción de TRANSNOA S.A., deberán dar cumplimiento a las normativas y reglamentaciones vigentes, a saber: Resolución ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras), Resolución ENRE N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas), Resolución ENRE N° 129 de fecha 11 de febrero de 2009 (Líneas Subterráneas) y Resolución ENRE N° 190 de fecha 25 de julio de 2012 (Trabajos en la vía pública). 8.- Intimar a TRANSNOA S.A. para que, dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, informe a este Ente Nacional el destino de los transformadores a reemplazar como consecuencia de las obras comprendidas en la presente solicitud de Ampliación, en función de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 24.065 y demás obligaciones asumidas en el marco de su Contrato de Concesión. 9.- Notifíquese a TRANSNOA S.A., a EDESA S.A., y a CAMMESA. 10.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.

e. 03/08/2021 N° 53524/21 v. 03/08/2021

Fecha de publicación 03/08/2021