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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 718/2021

RESOL-2021-718-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-34243497-APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2021-39038814-APN-SE#MEC y EX-2021-43931072-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, las Resoluciones Nros. 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y 137 de fecha 30 de noviembre de 1992 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y sus modificatorias y complementarias, 269 de fecha 7 de mayo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 47 de fecha 15 de febrero de 2019 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA se autorizó el ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma YPF SOCIEDAD ANÓNIMA para su Autogenerador Distribuido Manantiales Behr, compuesto por una central térmica de VEINTE COMA OCHO DÉCIMOS MEGAVATIOS (20,8 MW) de potencia nominal, conformado por el nodo demandante el GUMA (YPFKM5UZ), de CUATRO COMA SIETE DÉCIMOS MEGAVATIOS (4,7 MW) y la demanda (El Trébol) de UN MEGAVATIO (1 MW), asociada a la central térmica en el nodo (YPFTREUZ).

Que mediante la Resolución N° 32 de fecha 19 de enero de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se autorizó el ingreso al MEM a la citada empresa, para su Autogenerador Distribuido Manantiales Behr del Autogenerador C.T. Manantiales Behr II, con una potencia de CINCUENTA Y SIETE COMA SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MEGAVATIOS (57,735 MW), ubicado en el Departamento Escalante, Provincia del CHUBUT, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) a la Estación Transformadora Escalante, y mediante el Artículo 2° se autorizó la incorporación al Autogenerador Distribuido Manantiales Behr del Autogenerador C.T. Lomita (YPFLOMQA) y del GUMA Puesto Hernández (YPF-PHQZ), como nodos de generación y demanda respectivamente.

Que YPF SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó la incorporación del GUMA El Tordillo (YPFTORUZ), que ya cuenta con la condición de agente del MEM, como nodo de demanda del Autogenerador Distribuido Manantiales Behr.

Que el Autogenerador Distribuido Manantiales Behr quedará constituido por los nodos generadores Autogenerador C.T. Manantiales Behr (YPFTREUZ), Autogenerador C.T. Manantiales Behr II (YPFMBE2A), Autogenerador C.T. Lomita (YPFLOMQA) y los nodos demandantes GUMA Puesto Hernández (YPF-PHQZ), GUMA KM5 (YPFKM5UZ) y GUMA El Tordillo (YPFTORUZ).

Que mediante la Nota N° B-155478-1 de fecha 3 de mayo de 2021 (IF-2021-39046021-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2021-39038814-APN-SE#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que YPF SOCIEDAD ANÓNIMA cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, como así también con lo requerido respecto al sistema de medición comercial, para la incorporación del nuevo nodo demanda del Autogenerador Distribuido Manantiales Behr y su posterior administración en el MEM.

Que YPF SOCIEDAD ANÓNIMA cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la correspondiente solicitud se publicó en el Boletín Oficial N° 34.665 de fecha 27 de mayo de 2021, no habiéndose recibido objeciones u oposiciones al respecto.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Legales de Energía del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la firma YPF SOCIEDAD ANÓNIMA para la incorporación del GRAN USUARIO MAYOR (GUMA) El Tordillo (YPFTORUZ) como nodo de demanda del Autogenerador Distribuido Manantiales Behr.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actualmente en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 28/07/2021 N° 52258/21 v. 28/07/2021

Fecha de publicación 28/07/2021