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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA MENDOZA

EDICTO

En el marco de la actuación administrativa identificada como SIGEA 17448-101-2017, tramitada por ante este Departamento Aduana de Mendoza, se NOTIFICA Y HACE SABER a la firma “INVERSIONES TU Y COMPAÑIA LIMITADA” RUT Nº 76.536.246-6 que en el marco de dicha actuación, se ha dictado la Resolución Apertura Nº 019-2017/K (AD MEND) de fecha 13/03/2017, obrante a fs. 14-16 cuyo texto en forma extractada expresa: MENDOZA, 13/03/2017, VISTO las presentes actuaciones registradas bajo el Nº de SIGEA Nº 17448-101-2017 ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y CONSIDERANDO: Que las presentes se inician con el procedimiento labrado Personal de la División Operativa Cristo Redentor, mediante Acta Nº 007/17 (SICRLL), para fecha 26 de Enero de 2017 en Jurisdicción de el ACI Los Libertadores, con motivo del arribo del vehículo marca CHEVROLET modelo CRUZE, dominio GWBX94, de procedencia chilena, perteneciente a la firma INVERSIONES TU Y COMPAÑIA LIMITADA, RUT Nº 76.536.246-6, conducido en su oportunidad por el Sr. DOMINGUEZ MATIAS GASTON, DNI N° 28.644.234, el cual, a la fecha la Admisión Temporal se encontraba vencida en el plazo otorgado desde el día 04/11/2016. [...] EL JEFE DE DIVISIÓN ADUANA DE MENDOZA RESUELVE: ARTÍCULO 1º: INSTRUIR SUMARIO CONTENCIOSO en los términos del art. 1.090 inc. c) del Código Aduanero, contra el Sr. DOMINGUEZ MATIAS GASTON, DNI N° 28.644.234, y la firma INVERSIONES TU Y COMPAÑIA LIMITADA, RUT Nº 76.536.246-6, por considerarlos incursos “prima facie” en la infracción prevista y penada en el Art. 970 del citado texto legal.[...] ARTÍCULO 4: MANTENGASE la medida cautelar que pesa sobre el automotor descripto. ARTÍCULO 5º: CORRASE VISTA de todo lo actuado en los términos del art. 1.101 del Código Aduanero. ARTÍCULO 6º: INTÍMESE a la firma INVERSIONES TU Y COMPAÑIA LIMITADA, RUT Nº 76.536.246-6 con domicilio en Pje 3, N 817, Villa Paseo La Florida Dos, La Florida, Chile, conforme a lo normado en el art. 3° de la Resolución General 3311/2012 emitida por la AFIP, a abonar en el termino de 20 (veinte) días hábiles, la suma de Dólares Estadounidenses NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CON 25/100 (U$S 9.593,25) y en concepto de iva adicional e impuesto a las ganancias la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTINUEVE CON 24/100 ($ 84.129,24) [...] (Fdo) JUAN D. TAPIA. JEFE (I) DEPARTAMENTO. DPTO. ADUANA DE MENDOZA. Asimismo, el día 13/03/2017 se dictó proveído de corrida de vista obrante a fs. 17, el cual menciona CORRASE VISTA de todo lo actuado al Sr. DOMINGUEZ MATIAS GASTON, DNI N° 28.644.234, y la firma INVERSIONES TU Y COMPAÑIA LIMITADA, RUT Nº 76.536.246-6, a quienes se cita y emplaza para que en el perentorio término de diez (10) días de notificado, con más la ampliación de días, conforme lo normado en el Art. 1.036 del citado texto legal, esté en derecho, evacúe su defensa y ofrezca todas las pruebas de que intente valerse en un mismo escrito, bajo apercibimiento de rebeldía, todo conforme con lo prescripto en los art. 1.001/1.010, 1.101 y cc. de la Ley 22.415, imputándosele la infracción prevista y penada por el Art. 970 del citado texto legal (Acta Nº 007/2017 - CHEVROLET CRUZE, DOMINIO GWBX94) Se les hace saber que deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de ésta Oficina Aduanera, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrado de la misma (art. 1004 del C.A.) Téngase presente asimismo, que en caso de concurrir a estar en derecho un tercero invocado un derecho que no sea propio deberá cumplimentar lo requerido por los art. 1030/1034 del C.A. Asimismo, se le hace saber que el monto mínimo de la multa en el caso de autos asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO CON 54/100 ($152.724,54) y que depositado en el término de DIEZ (10) días desde su notificación extingue la acción penal aduanera sin registrarse el antecedente (art. 930/932 del C.A.) Por otra parte, se le hace saber a la la firma INVERSIONES TU Y COMPAÑIA LIMITADA, RUT Nº 76.536.246-6, que el importe de los tributos exigidos por la Resolución General Nº 3311/2012, ascienden a la suma de Dólares Estadounidenses NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CON 25/100 (U$S 9.593,25) y en concepto de iva adicional e impuesto a las ganancias la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTINUEVE CON 24/100 ($ 84.129,24), bajo apercibimiento de proceder a embargo e interdicción de los vehículos que se encuentren en el territorio aduanero o que pretendan ingresar o salir del mismo, hasta que se efectivice el pago de los tributos que gravan la importación definitiva para consumo, sin perjuicio de continuar con la actuación sumaria para la aplicación de las multas respectivas. NOTIFÍQUESE. ....(Fdo) Abog. GABRIELA A. BARROS. JEFA (I) SECC. SUMARIOS - DPTO. ADUANA DE MENDOZA.-

Lucas Moyano y Sierra, Jefe de Departamento.

e. 27/07/2021 N° 51999/21 v. 27/07/2021

Fecha de publicación 27/07/2021