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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

Resolución 452/2021

RESOL-2021-452-APN-SIECYGCE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-59941453- -APN-DGD#MDP, el Decreto Nº 716 de fecha 2 de septiembre de 2020, la Resolución Nº 150 de fecha 9 de septiembre de 2020 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 716 de fecha 2 de septiembre de 2020 se creó el “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales”, que tiene como objetivo promover el ordenamiento territorial, incidir en la planificación productiva local, en el desarrollo sustentable e inclusivo, incentivar la generación de empleo local y potenciar las sinergias derivadas de la localización común.

Que el citado decreto estableció como Autoridad de Aplicación del “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales” a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, quedando facultada para determinar las formas y condiciones para el otorgamiento de las herramientas de financiamiento definidas en el mismo.

Que mediante la Resolución N° 150 de fecha 9 de septiembre de 2020 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se aprobó el Reglamento Operativo del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, con el objeto de establecer los diferentes procedimientos de presentación, análisis y evaluación de los proyectos y acceso a las herramientas contempladas.

Que habiendo transcurrido un lapso de tiempo en el que el programa se ha instrumentado y, en virtud de haberse identificado ciertas previsiones susceptibles de ser mejoradas, deviene necesario introducir ciertas modificaciones a la norma mencionada precedentemente.

Que en tal sentido se entiende conveniente precisar la instrumentación de la herramienta de subsidio de bonificación de tasa, así como la forma de rendición de los beneficios percibidos por parte del beneficiario, entre otras.

Que, asimismo, se entiende oportuno incorporar una instancia de análisis respecto de las solicitudes relacionadas a la herramienta de subsidio de tasa, creando al efecto el “Comité de Evaluación Técnica”, definiendo por lo tanto su conformación y finalidad.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 5º del Decreto Nº 716/20.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución Nº 150 de fecha 9 de septiembre de 2020 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por el Anexo I que, como IF-2021-63520736-APN-DDR#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Artículo 2° de la Resolución Nº 150/20 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- Créase el Comité de Evaluación Técnica, integrado de acuerdo con la descripción obrante en el Anexo II que, como IF-2021-63521024-APN-DDR#MDP, forma parte integrante de la presente resolución, el cual tendrá por finalidad intervenir en el análisis de las solicitudes de créditos con bonificación de tasa de interés presentadas en el marco del programa y elaborar una propuesta de orden de preferencia y alcance del financiamiento, respecto de los proyectos analizados en función del puntaje que se asigne según la descripción obrante en el referido Anexo II, de conformidad con los criterios de ponderación previstos en el punto 4 del Anexo del Decreto N° 716 de fecha 2 de septiembre de 2020 y la disponibilidad presupuestaria con la que el programa cuenta para hacer frente a la ejecución de la herramienta.

A tal fin, el Comité de Evaluación Técnica se reunirá trimestralmente, pudiendo segmentar su análisis de acuerdo con el tipo de proyecto a ser financiado, localización geográfica, características del requirente, monto solicitado y presupuesto disponible.

Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA, dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, podrá efectuar convocatorias específicas en virtud de los criterios descriptos en el primer párrafo, aprobando al efecto, las bases y condiciones particulares que las regirán, pudiendo prever allí esquemas de calificación o puntuación particulares, así como reuniones de comité ‘ad hoc’ a efectos de abocarse exclusivamente al análisis de las presentaciones realizadas al amparo de las mismas.”

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese el Anexo III de la Resolución Nº 150/20 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, por el Anexo III que, como IF-2021-63521338-APN-DDR#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Establécese que las presentaciones formalizadas al amparo de la Resolución Nº 150/20 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA en su texto original, que se encontraren en trámite al momento del dictado de la presente medida, podrán ser reencauzadas de conformidad con las previsiones aquí dispuestas, pudiendo solicitar información adicional en caso de considerarlo pertinente.

ARTÍCULO 5º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ariel Esteban Schale

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/07/2021 N° 51916/21 v. 27/07/2021

Fecha de publicación 27/07/2021