Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 433/2021

RESOL-2021-433-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-16720916- -APN-DGD#MT, las Ley Nº 24.013 y sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias, los Decretos N° 332 de 1 de abril de 2020 y 347 del 5 de abril de 2020, la Decisión Administrativa N° 1183 del 2 de julio de 2020 y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 938 del 12 de noviembre de 2020 y sus modificatorias y complementarias, 96 de 26 de febrero de 2021, 177 del 30 de marzo de 2021 y 229 del 4 de Mayo de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.013 y sus modificatorias previó el despliegue de acciones por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL dirigidas a mejorar la situación socio-económica de la población, adoptando como eje principal la política de empleo, comprensiva ésta de la promoción y defensa del empleo.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, como autoridad de aplicación de la mencionada ley, tiene a su cargo la elaboración de planes y programas y en tal sentido, dentro de sus competencias, tiene la facultad de disponer todas las medidas necesarias para alcanzar los objetivos previstos por las leyes a fin de atender situaciones que pongan en peligro la calidad y/o cantidad de puestos de trabajo.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 938 del 12 de noviembre de 2020 y sus normas modificatorias y complementarias se creó, en el ámbito de este MINISTERIO, el “Programa REPRO II”, que consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa.

Que a través de Resolución N° 96 del 26 de febrero de 2021 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se aprobó el listado de las empresas del Sector Salud, a los fines de que las mismas puedan acceder como potenciales beneficiarios al Programa REPRO II.

Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL NROS. 177 del 30 de maroz de 2021 y 229 del 4 de mayo de 2021 se amplió el listada de las empresas del Sector Salud.

Que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (SSS), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete en cuanto a la ampliación del listado de empresas que integran el Sector Salud, mediante notas NO-2021-65870575-APN-SSS#MS del 21 de Julio de 2021 y NO- 2021-66279466-APN-SSS#MS del 22 de Julio de 2021 que forman parte integrante de la presente Resolución.-

Que con motivo de la Comunicación oficial de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (SSS), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, citada en el considerando precedente, resulta pertinente efectuar una modificación de los listados Anexo IF-2021-38969588-APN- CPREPRO#MT que forman parte integrante de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 229 del 4 de Mayo de 2021, y proceder a su ampliación mediante el dictado de la correspondiente normativa.

Que la SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse al listado de las empresas del Sector Salud, aprobado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros 96 del 26 de febrero de 2021 y ampliado por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 177 del 30 de marzo de 2021 y 229 del 4 de mayo de 2021, las empresas que se detallan en el Anexo que como IF-2021-38969588-APN- CPREPRO#MT forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su dictado.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/07/2021 N° 52288/21 v. 27/07/2021

Fecha de publicación 27/07/2021