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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 400/2021

RESOL-2021-400-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2021

VISTO el Expediente EX-2019-05664324- -APN-DGDMT#MPYT y,

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 23.551 regula el régimen aplicable a las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que el artículo 56 de la citada norma designa como Autoridad de Aplicación al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el que, en caso de que se produjera un estado de acefalía de la Comisión Directiva de una asociación sindical de trabajadores o del órgano que tenga asignadas las funciones propias de un cuerpo de conducción y, en tanto en los estatutos de la asociación de que se trate o en los de la federación de la que ésta forme parte, no se haya previsto el modo de regularizar la situación, podrá designar un funcionario para que efectúe lo que sea necesaria o para regularizar la situación.

Que, en función de la facultad mencionada en el párrafo anterior, mediante Resolución N° RESOL-2020-646-APN-MT dictada por este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL el 7 de agosto de 2020 se designó al señor Ángel Lucas CENTURION, (M.I. N° 14.320.832), como Delegado Normalizador del SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y EXPLOSIVAS.

Que, en ese estado, el señor Fabián Oscar HERMOSO, invocando el carácter de Secretario General de la mencionada entidad sindical, solicitó el cese de la actuación del nombrado delegado señor Ángel Lucas CENTURION, alegando que el órgano directivo de dicha entidad reúne el quórum estatutario para sesionar.

Que, a esos efectos, acompaña Sentencia dictada el 13 de mayo de 2021 por la Excma. CÁMARA DE APELACIONES Y GARANTÍAS del DEPARTAMENTO JUDICIAL QUILMES en los autos “CAUSA 33703-15 FABIÁN HERMOSO Y OTRO S/ ELEVACIÓN A JUICIO” que dispone “REVOCAR PARCIALMENTE la resolución apelada de fecha 28 de enero del corriente año y en consecuencia SOBRESEER TOTAL Y DEFINITIVAMENTE a FABIÁN OSCAR HERMOSO, en orden al delito de Asociación ilícita en calidad de coautor con el rol de jefe y organizador, atribuido en la presente causa y que fuera descripto como Hecho I, (art. 210, primer párrafo del C.P.); en los términos del art. 323 inc. 4° y 6° del Código Procesal Penal”.

Que, por otra parte, en fecha 31 de mayo de 2021 el señor Fabián Oscar HERMOSO se presenta y expresa que OCHO (8) de los TRECE (13) integrantes del órgano directivo de la entidad declaran bajo juramento que no se encuentran imposibilitados para ejercer el cargo, a saber: Fabián Oscar HERMOSO, Secretario General, Ángel Adán RODRIGUEZ, Tesorero, Carlos Héctor GARCIA, Protesorero, Mónica Andrea RODRIGUEZ, Secretaria de Actas, Diego Nicolás CARRIZO, Secretario de Prensa, Propaganda y Cultura, Héctor Guillermo VEGA, Prosecretario de Prensa, Propaganda y Cultura, Arnaldo Javier ARANDA, Vocal Titular Primero, y Juan José CASTRO, Vocal Titular Tercero.

Que, asimismo, dicho presentante adjunta el acta de fecha 31 de mayo de 2021 a los fines de acreditar la reunión de los OCHO (8) directivos citados, en la que se consignó que quienes se encuentran impedidos de ejercer el cargo en la Comisión Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y EXPLOSIVAS son: Félix ROLÓN, Secretario Adjunto, Miguel Ángel SOUTO, Secretario de Organización, Diego Uriel FLORES, Prosecretario de Organización, Gustavo David ARIAS, Prosecretario de Actas, y Marcelo Gustavo GALVÁN, Vocal Titular Segundo.

Que el Departamento Asuntos Institucionales dependiente de la Dirección Nacional De Asociaciones Sindicales informó que “....el certificado de Comisión Directiva adjunto en orden 142 coincide con la hoja N° 1 de la emisión original, encontrándose incompleto, ya que el documento original consta de 2 hojas...” y que “el período de mandato que se detalla en el certificado va desde el 19/04/2018 al 18/4/2022, pero el mismo se interrumpe el 18/2/2019 cuando se firma la resolución ministerial que designa delegado normalizador”.

Que los elementos probatorios agregados por el señor Fabián Oscar HERMOSO permitirían concluir que no reviste actualidad la situación de hecho tomada en consideración al momento de disponer conforme el artículo 56, párrafo cuarto, de la Ley N° 23.551, esto es, la falta de quórum para sesionar del órgano directivo del SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y EXPLOSIVAS.

Que, en tal sentido, cabe tener en cuenta que la documentación aportada por señor Fabián Oscar HERMOSO data del 13 de mayo de 2021 (sobreseimiento definitivo) y de fecha 31 de mayo de 2021 (reunión del cuerpo directivo y cobertura de vacantes).

Que, teniendo en cuenta que carecen de actualidad las causales que motivaron el inicio del proceso de normalización del SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y EXPLOSIVAS se estima procedente dejar sin efecto la designación del señor Ángel Lucas CENTURIÓN como delegado normalizador en dicha entidad.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.– Dése por finalizada la actuación del señor Ángel Lucas CENTURION (M.I N° 14.320.832), como Delegado Normalizador del SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y EXPLOSIVAS designado mediante Resolución N° RESOL-2020-646-APN-MT de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de fecha 7 de agosto de 2020.

ARTÍCULO 2°.- Hácese saber al señor Ángel Lucas CENTURION (M.I. N° 14.320.832) que deberá presentar informe sobre su gestión acompañado por documentación respaldatoria dentro de los TREINTA (30) días computados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 3º. Notifíquese de la presente medida al señor Ángel Lucas CENTURION (M.I N° 14.320.832).

ARTICULO 4°.- Reincorpórense a los señores Fabián Oscar HERMOSO (M.I. N° 22.885.790), Ángel Adán RODRIGUEZ (M.I. N° 4.984.043), Carlos Héctor GARCIA (M.I. N° 20.364.652), Mónica Andrea RODRIGUEZ (M.I. N° 20.716.798), Diego Nicolás CARRIZO (M.I. N° 30.983.641), Héctor Guillermo VEGA (M.I. N° 22.312.597), Arnaldo Javier ARANDA (M.I. N° 32.465.277) y Juan José CASTRO (M.I. N° 28.743.275), en sus cargos de Secretario General, Tesorero, Protesorero, Secretaria de Actas, Secretario de Prensa, Propaganda y Cultura, Prosecretario de Prensa, Propaganda y Cultura, Vocal Titular Primero y Vocal Titular Tercero, respectivamente, del SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y EXPLOSIVAS

ARTÍULO 5°. - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

e. 27/07/2021 N° 52094/21 v. 27/07/2021

Fecha de publicación 27/07/2021