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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 351/2021

RESOL-2021-351-APN-INASE#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 15/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-62466726-APN-DA#INASE, del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Decisión Administrativa N° 2.283 de fecha 30 de diciembre de 2020, las Resoluciones Nros. 177 de fecha 27 de junio de 2013 y 11 de fecha 12 de febrero de 2014, ambas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa 2.283 de fecha 30 de diciembre de 2020 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que por las Resoluciones Nros. 177 de fecha 27 de junio de 2013 y 11 de fecha 12 de febrero de 2014, ambas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se crearon las Oficinas Regionales dependientes de la ex - Dirección Nacional de Semillas, perteneciente al citado organismo.

Que la Dirección de Oficinas Regionales dependiente de la Direccional Nacional de Articulación Federal, es la responsable de dirigir y controlar el funcionamiento de las Oficinas Regionales del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE).

Que la experiencia recogida en la gestión de las políticas públicas de fiscalización y control, las del registro de variedades y muestreo de las semillas comercializadas y sembradas llevadas a cabo por el mencionado Instituto Nacional a partir de la implementación del concepto de federalización nacional y teniendo en cuenta la extensión territorial geográfica que abarca la jurisdicción del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), incluyéndose nuevas zonas de producción de semillas/cultivos y con ello, el desarrollo e inscripción de nuevas variedades de simientes adaptadas a cada región, hacen necesario que se garantice presencia institucional permanente en todas las provincias del país.

Que dentro de las políticas del ESTADO NACIONAL establecidas por el Gobierno Nacional es prioridad, el restablecimiento de la descentralización operativa, la que permitirá una adecuada planificación, el mejoramiento en el funcionamiento del control y fiscalización, el posibilitar la gestión técnico-administrativa desde cualquier punto de la región, permitiendo a nivel local una estrecha interacción de los productores semilleros y del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

Que en pos del fortalecimiento institucional del mencionado Instituto Nacional a nivel federal y con el fin de adoptar medidas que tiendan a perfeccionar el accionar de la Dirección Nacional de Articulación Federal dando respuestas y soluciones más rápidas y asertivas a los problemas que afectan a las diferentes provincias, optimizando el desarrollo de la gestión a través de una estructura operativamente descentralizada, y permitir contar con una amplia y permanente base de información que faculte realizar el seguimiento de procesos y evaluación de impactos a nivel federal, resulta necesario incorporar nuevas Oficinas Regionales a las ya existentes.

Que por todo lo expuesto, resulta necesario crear las Oficinas Regionales en la órbita de la Dirección de Oficinas Regionales dependiente de la Dirección Nacional de Articulación Federal.

Que en consecuencia procede abrogar las Resoluciones Nros. 177 de fecha 27 de junio de 2013 y 11 de fecha 12 de febrero de 2014 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, en su reunión del día 8 de junio de 2021, según Acta N°483, ha tomado la intervención de su competencia y ha aconsejado la aprobación de la presente resolución.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida de conformidad con lo establecido en por el Decreto N° 489 de fecha 18 de mayo de 2020 y en virtud de los Artículos 8, inciso c) y 9 incisos f) y g) del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créanse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Oficinas Regionales y sus Oficinas Locales dependientes de la Dirección de Oficinas Regionales de la Dirección Nacional de Articulación Federal, conforme a la denominación, sede local y zona geográfica de influencia, que constan en el Anexo I (IF-2021-63615012-APN-INASE#MAGYP) que forma parte integrante de la presente medida, por los motivos expuestos en los considerados de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Las Oficinas Regionales creadas en el artículo precedente tendrán a su cargo las Acciones detalladas en el Anexo II (IF-2021-63614954-APN-INASE#MAGYP) que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Abróganse las Resoluciones Nros. 177 de fecha 27 de junio de 2013 y 11 de fecha 12 de febrero de 2014, ambas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Joaquin Manuel Serrano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/07/2021 N° 50277/21 v. 20/07/2021

Fecha de publicación 20/07/2021