BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7314/2021
25/06/2021
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO,
A LAS CÁMARAS ELECTRÓNICAS DE COMPENSACIÓN,
A LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE REDES DE CAJEROS AUTOMÁTICO,
A LAS INFRAESTRUCTURAS DEL MERCADO FINANCIERO:
Ref.: Circular SINAP 1-131: Central de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs impagas al vencimiento (CenFIV). Su creación.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución
“1. Incorporar, como punto 3.5.7. de las normas operativas sobre “Sistema Nacional de Pagos - Cheques y otros instrumentos compensables”, los aspectos particulares relativos a la creación de la Central de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME impagas al vencimiento (CenFIV), de acuerdo con lo establecido en el Anexo que se acompaña a la presente comunicación.
2. Establecer que la vigencia de las disposiciones previstas en el punto precedente se informará cuando se dé a conocer el régimen informativo correspondiente a la CenFIV.”
Saludamos a Uds. atentamente..
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Luis A. D‘Orio, Gerente Principal de Sistemas de Pago y Cuentas Corrientes - Julio César Pando, Subgerente General de Medios de Pago.
e. 15/07/2021 N° 49532/21 v. 15/07/2021
Fecha de publicación 15/07/2021