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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 814/2021

RESOL-2021-814-APN-ENACOM#JGM FECHA 16/06/2021 ACTA 70

EX-2021-47740117- -APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Modificar el procedimiento de presentación del certificado de “Libre deuda exigible remitido por el ENACOM” como documental respaldatoria al contenido del Proyecto, eximiendo de esta manera, al proponente de la obligación de adjuntarla al momento de presentar el Proyecto. 2.- Modificar la vigencia del Certificado de Libre Deuda por 120 días corridos, desde la fecha de su emisión. 3.- Establecer que las medidas aprobadas en los Artículos que anteceden entrarán en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y será obligatoria para todos aquellos proyectos presentados al amparo de los programas financiados con fondos del Servicio Universal que requieran la presentación del Certificado antedicho y que a la fecha se encuentren pendientes de Precalificación y Adjudicación. 4.- Aplicar la implementación dispuesta en lo Artículos 1º y 2º a todos los Programas y Proyectos financiados con fondos del Servicio Universal a elaborarse a partir de la publicación de la presente, que soliciten como requisito la presentación del mentado Certificado de Libre Deuda. 5.- Establecer que sin perjuicio de la expedición e incorporación de oficio en las actuaciones administrativas, por parte de este ENACOM, del Certificado de Libre Deuda, ello no implicará dispensa alguna para los licenciatarios al pago de las obligaciones dispuestas y otras que deriven de su incumplimiento, ni renuncia al cobro de diferencias dinerarias emergentes de auditorías o controles que se realicen con posterioridad a su emisión. 6.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom. gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 05/07/2021 N° 42279/21 v. 05/07/2021

Fecha de publicación 05/07/2021