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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

Resolución 360/2021

RESOL-2021-360-APN-MCT

Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021

VISTO el EX-2021-54956740- -APN-DDYGD#MCT, la Ley N° 25.467, el Decreto N°50, del 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio Decreto N°606, del 10 de julio de 2020; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las competencias asignadas por el Decreto N° 50/2019 la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (SPyPCTeI) del MINISTERIO DE CIENCIA, TENCOLOGÍA E INNOVACIÓN (MINCyT) debe formular las políticas y planificar el desarrollo de la tecnología como instrumento para fortalecer la capacidad del país para dar respuesta a problemas sectoriales y sociales.

Que la SPyPCTeI debe asimismo realizar estudios que promuevan el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en el país, y debe formular las políticas y establecer los mecanismos, instrumentos e incentivos necesarios para que el sector privado contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo científico, tecnológico e innovativo.

Que de conformidad con las previsiones de la Ley N° 25.467 la SPyPCTeI se encuentra impulsando el desarrollo del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030 (PNCTI 2030); el cual se constituirá como el instrumento central de la política de ciencia, tecnología e innovación y atenderá: el establecimiento de líneas estratégicas, la fijación de prioridades y el diseño, y desarrollo de programas nacionales, sectoriales, regionales y especiales (crf. artículo 9 y 20).

Que en el marco del documento preliminar del PNCTI 2030 ya se ha definido como focos de las estrategias de intervención los grandes problemas de carácter social, productivo y ambiental, que suelen ser llamados “retos o desafíos nacionales”, dentro de los cuales se encuentran temas como salud, pobreza o desarrollo sustentable e inclusivo, los cuales configuran nuevas lógicas y modalidades de intervención sistémica.

Que se encuentra documentado que el mestizaje es la principal característica que define la población de Argentina y de otros países latinoamericanos y que, esta mezcla no es sólo genética, sino que también tiene que ser vista como un fenómeno socio-cultural, donde el estilo de vida, los hábitos alimentarios y el acceso a la Salud Pública, entre otros aspectos, configuran el entorno en el que evolucionan muchas enfermedades.

Que la investigación del genoma humano ha logrado demostrar que la aparición de la mayoría de las enfermedades está condicionada por las características genéticas de cada individuo y su interacción con el medio ambiente. En efecto, las variantes genéticas influyen en la propensión a padecer enfermedades complejas como el cáncer, trastornos neurodegenerativos, y desórdenes comunes tales como diabetes, hipertensión y obesidad. Lo que también impacta en la respuesta a algunos medicamentos y la aparición de efectos adversos de éstos.

Que estas características únicas del individuo y la población hacen que la investigación biomédica realizada en otros países pueda no ser extrapolada de forma directa a la población argentina y que resulte estratégica la generación de un Programa Nacional que beneficie de manera inclusiva a la población argentina con los adelantos propios de la medicina de precisión y biomedicina y la salud del siglo XXI.

Que el documento preliminar del PNCTI 2030 definió la necesidad de contar con un “Estado protector y emprendedor” para orientan y garantizar las necesidades económicas, sociales, de diversidad cultural y ambientales de la Nación.

Que esta política que fue ratificada por el MINCYT como producto de la pandemia, a través del impulso de políticas destinadas a solucionar demandas estratégicas. Y una vez más fue evidente la necesidad de recuperar capacidades para contar con un Estado activo, robusto y articulado.

Que tal como se establece en el documento preliminar del PNCTI 2030 la “ciencia y tecnología al servicio del Estado” se codifica como la fórmula de máxima efectividad para una intervención confiable, de calidad y segura para la provisión de bienes y servicios públicos.

Que el documento preliminar del PNCTI 2030 ha consignado asimismo que el abordaje de los “retos o desafíos nacionales” requieren la convergencia de perspectivas diversas, propias del abordaje de problemas complejos, la coordinación de múltiples actores institucionales, empresariales y de la sociedad civil, y la implementación de formas integrales de gestión que viabilicen la evolución de procesos de aprendizaje y acumulación de las capacidades institucionales, organizacionales y científico-tecnológicas necesarias para alcanzar las metas y resultados concertados.

Que, como antecedente de la medida que por la presente se impulsa, es pertinente reconocer los avances realizados por distintos grupos de investigación en el marco del proyecto “Banco Nacional de muestras biológicas: una herramienta esencial para el desarrollo de proyectos de investigación en el campo de la medicina de precisión”; que contó con un financiamiento concursado en la convocatoria FsBio 2017 (FONARSEC) y posee equipamiento de referencia para la investigación genómica humana de vanguardia, a través del Instituto de Investigaciones Biomédicas en Retrovirus y SIDA (INBIRS) - Universidad de Buenos Aires (UBA).

Que para atender los objetivos que se establecen en la presente medida se requerirá un trabajo coordinado con diversos actores, entre ellos, CONICET, ANLIS, Fundación Innova-T, UBA - INBIRS, CIN, Fundación Sadosky y COFESA.

Que la presente medida no implica erogaciones presupuestarias por lo que no corresponde la intervención previa de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 23 sexies de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), su modificatorio el DECFO-2019-7-APN-SLYT y DCTO-2020-17-APN-PTE.

Por ello,

EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Crease el PROGRAMA NACIONAL DE REFERENCIA Y BIOBANCO GENÓMICO DE LA POBLACIÓN ARGENTINA (POBLAR), bajo la órbita de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, el cual tendrá a su cargo los objetivos y acciones indicadas en el ANEXO I IF-2021-55450519-APN-SPYPCTEI#MCT de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Desígnese a Rolando GONZALEZ JOSÉ (DNI N° 23.600.840) como Coordinador Ejecutivo del PROGRAMA NACIONAL DE REFERENCIA Y BIOBANCO GENÓMICO DE LA POBLACIÓN ARGENTINA (POBLAR), estableciendo que la asignación de estas funciones no implicará remuneraciones adicionales para el agente.

ARTÍCULO 3º.- Crease el Consejo Asesor del PROGRAMA NACIONAL DE REFERENCIA Y BIOBANCO GENÓMICO DE LA POBLACIÓN ARGENTINA (POBLAR) el cual estará integrado por dos representantes del CONICET, uno/a del ANLIS, uno/a de la Fundación Innova-T, uno/a de la UBA - INBIRS, uno/a del CIN, uno/a de la Fundación Sadosky y uno/a del COFESA.

ARTÍCULO 4º.- Los gastos que demande la ejecución del presente PROGRAMA NACIONAL DE REFERENCIA Y BIOBANCO GENÓMICO DE LA POBLACIÓN ARGENTINA (POBLAR) serán aprobados en los actos administrativos correspondientes y se imputarán al Programa 45 “Planeamiento y Políticas en Ciencia, Tecnología e Innovación” del presupuesto de la jurisdicción.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, publíquese en el REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese.

Roberto Carlos Salvarezza

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/07/2021 N° 46071/21 v. 02/07/2021

Fecha de publicación 02/07/2021