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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES

Decisión Administrativa 646/2021

DECAD-2021-646-APN-JGM - Reincorpórase agente.

Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-38650893-APN-DGA#APNAC, las Leyes Nros. 22.351, 27.591, los Decretos Nros. 1455 del 3 de septiembre de 1987 y sus modificatorios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la reincorporación del señor Fabián ROCCA al CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que por la Ley Nº 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 33 de la Ley Nº 22.351 se estableció que el control y vigilancia de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales estará a cargo del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES como servicio auxiliar y dependiente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que por el Decreto Nº 1455/87 se aprobó el Reglamento del referido Cuerpo, el que en su artículo 37 dispuso que el personal de dicho escalafón que hubiese sido dado de baja a su requerimiento podrá solicitar su reincorporación dentro de los DOS (2) años de haber cesado en sus funciones.

Que el señor ROCCA requirió su reincorporación a dicho Cuerpo en los términos de la referida disposición.

Que la presente reincorporación resulta necesaria con el fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y funciones asignados a dicho organismo.

Que el Decreto Nº 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, como así también toda reincorporación de personal, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que se cuenta con la previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demandará el dictado de la presente decisión administrativa.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que han tomado la intervención que les compete los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del citado Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7º de la Ley Nº 27.591 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Reincorpórase, a partir del dictado de la presente medida, al señor Fabián ROCCA (D.N.I. Nº 21.003.243) en UN (1) cargo de la categoría G-5 Guardaparque Jefe, Tramo Supervisión del Agrupamiento Guardaparques del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, aprobado por el Decreto Nº 1455/87, y con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 81- MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Juan Cabandie

e. 30/06/2021 N° 45435/21 v. 30/06/2021

Fecha de publicación 30/06/2021