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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 202/2021

RESOL-2021-202-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2021

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente N° 06069-IN, Actuación 06/2020 y en el Expediente Electrónico N° 36779551/21 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el DOCTOR Roberto Nicolás AGÜERO ha presentado a esta ARN la solicitud de renovación de su Permiso Individual para el Propósito “3.1-Uso de fuentes radiactivas no selladas en estudios diagnósticos”.

Que conforme lo informado por el SECTOR DE FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR de esta ARN, el solicitante posee deuda en concepto de tasa regulatoria según factura N° 0001-00057160.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de un Permiso Individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26 citado ut supra, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó mediante Nota N° 34316806/21 de la GERENCIA GENERAL que, con carácter de excepción, se autorice la prosecución del trámite de solicitud del DOCTOR Roberto Nicolás AGÜERO.

Que el solicitante se desempeña en la FUNDACIÓN CENTRO DIAGNÓSTICO NUCLEAR, por lo que resulta de interés público el otorgamiento del Permiso Individual solicitado a fin de no perjudicar el correcto funcionamiento y cumplimiento del servicio de medicina nuclear de dicha instalación, motivo por el cual se autoriza la continuidad del trámite, permitiendo que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del Permiso Individual.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, recomienda dar curso favorable al trámite de solicitud de renovación del Permiso Individual, por cuanto ha verificado que el solicitante posee la formación, la capacitación y el entrenamiento requeridos para la obtención del citado Permiso.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Reunión N° 6/21, Listado 967, Aplicaciones Médicas, recomendó dar curso favorable al trámite mencionado.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso c), y 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 23 de junio de 2021 (Acta N° 26),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, la renovación del Permiso Individual al DOCTOR Roberto Nicolás AGÜERO para el Propósito “3.1-Uso de fuentes radiactivas no selladas en estudios diagnósticos”, autorizando que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del Permiso Individual.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y notifíquese al DOCTOR Roberto Nicolás AGÜERO. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Agustin Arbor Gonzalez

e. 29/06/2021 N° 44001/21 v. 29/06/2021

Fecha de publicación 29/06/2021