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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 22/2021

RESOL-2021-22-E-AFIP-SDGOAI

Ciudad de Buenos Aires, 16/06/2021

VISTO lo tramitado en expediente electrónico EX 2020-00757676-AFIP-DVZPYF#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma GENERAL MOTORS DE ARGENTINA S.R.L” CUIT N° 30-66207168-0, presentó con fecha 13 de junio de 2016, mediante actuación SIGEA N° 17542-47-2019, la solicitud de habilitación del depósito fiscal particular, ubicado en Ruta Nacional N° 9, Km 278 de la localidad de ALVEAR, Pcia de SANTA FE, jurisdicción de la División Aduana ROSARIO, en los términos de la Resolución General N° 3871 hoy Resolución General N° 4352.

Que la Dirección Gestión de los Recursos y Presupuesto remite los antecedentes que dieron origen a la actuación en trato, a esta Subdirección General a través de la Nota N° 369/2018 (DI GERP) de fecha 08/06/2018, a fin de continuar con el trámite de habilitación del depósito fiscal en trato.

Que analizada la actuación por la División Zonas Primarias y Fronteras, la misma fue remitida mediante Nota N° 178/18 (DV ZPYF) de fecha 8 de octubre de 2018 con observaciones a la División Aduana ROSARIO, a fin de que la firma tomara conocimiento y diera cumplimiento a la totalidad de los extremos requeridos para la habilitación pretendida.

Que obran en la actuación la Nota N°296/19 (AD ROSA) de fecha 18 de junio de 2019 (agregada al IF-2021-00253998-AFIP-DVZPYF#SDGOAI), el dictamen jurídico N° 539/19 (DV RJU2) de fecha 3 de septiembre de 2019 y Nota N° 383/2019 (DI RAHI) de fecha 5 de septiembre de 2019 de la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA agregada al IF-2021-00196650-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI de fecha 3/03/2021), propiciando la continuidad del trámite de habilitación.

Que una vez cumplimentados la totalidad de los requerimientos pendientes, la actuación se mantuvo en reserva en el área a la espera del informe favorable del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero.

Que mediante IF-2020-00560118-DVCORADECUMA#SDGCAD de fecha 02/09/2020, se informa que el punto operativo cumple con los requerimientos de toma de imágenes instantáneas y descarga de video. Con respecto al reservorio histórico online, las cámaras cuentan con 60 días, salvo aquellas incorporadas a solicitud de esta División que iniciaron su grabación a partir del día 07 de agosto del citado año. Esto último generó una nueva consulta de la que surgieron observaciones que se encontrarían subsanadas a la fecha y pendientes de convalidación por parte del citado Departamento.

Que en atención al tiempo transcurrido y al dictado de Instrucciones Internas motivadas en el COVID 19, se generó un expediente electrónico y la actuación fue remitida en forma digitalizada a la aduana local mediante IF-2020-00762491-AFIP-DVZPYF#SDGOAI de fecha 4 de noviembre de 2020, al solo efecto de que se reemplace la documentación vencida o que perdió vigencia.

Que a través de IF-2021-00196650-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI de fecha 3 de marzo de 2021, la División Aduana ROSARIO remite como archivo embebido la actuación escaneada, actualizada y con los correspondientes marcadores, conforme lo requerido, dando cumplimiento a lo solicitado, la que se complementa con el IF-2021-00632961-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI de fecha 11 de junio de 2021.

Que se encuentra publicado en el Micro sitio “AFIP Depósitos Fiscales” el Manual del desarrollador del Sistema informático de control de stock parmente, que deberá cumplimentar el depositario conforme lo establecido en el Anexo IV punto 10 y concordantes de la Resolución General N° 4352.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado oportunamente la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera a través de IF-2021-00290775-AFIPDILEGA#SDGTLA de fecha 25 de marzo de 2021, de Asuntos Jurídicos a través del IF-2021-00302139-AFIP-DVDRTA#SDGASJ de fecha 29 de marzo 2021 y las áreas competentes de esta Subdirección General, corresponde aprobar el trámite de habilitación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-EAFIP-DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Habilítese el depósito fiscal particular de la firma “GENERAL MOTORS DE ARGENTINA S.R.L” CUIT N° 30-66207168-0, ubicado en Ruta Nacional N° 9, Km 278 de la localidad de ALVEAR, Pcia de SANTA FE, jurisdicción de la División Aduana ROSARIO, con una superficie cubierta de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (98 m²) y una superficie descubierta de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (17.800 m2), conformando una superficie total de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (17.898 m2), acorde a lo especificado en anexo II y en el plano del sector obrante en el IF-2021-00196650-AFIPOFDFADROSA#SDGOAI de fecha 3 de marzo de 2021, conforme Resolución General N°4352.

ARTICULO 2°:- Determínese que la habilitación tendrá vigencia por el plazo de DIEZ (10) años a contar desde su notificación al interesado, de conformidad a lo establecido en el Apartado V, Punto 1 del Anexo I de la Resolución General N° 4352.

ARTICULO 3°.- Establécese que la vigencia operativa del depósito fiscal en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, en el marco de la Resolución General N° 4352, quedará sujeta a la convalidación del correcto funcionamiento y trasmisión de información del CCTV, por parte del Departamento Centro Unico de Monitoreo Aduanero, al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas, documentales y tecnológicas, establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la citada Resolución General, tenidas en cuenta para su habilitación y al cumplimiento de lo prescripto en la misma norma respecto al Sistema informático de control stock permanente.

ARTICULO 4°: Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA y la División Aduana ROSARIO. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado, remítase copia para conocimiento a la Subdirección General de Control Aduanero y continúese con los trámites de rigor.

Silvia Nery Pisanu

e. 23/06/2021 N° 42717/21 v. 23/06/2021

Fecha de publicación 23/06/2021