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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

Resolución 77/2021

RESOL-2021-77-APN-ANMAC#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-47424886-APN-DNAAJYM#ANMAC, la Ley N° 27.192, los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 1035 del 08 de noviembre de 2018, N° 328 del 1° de abril de 2020; los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, y N° 167 del 11 de marzo de 2021 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.192 se crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, que tiene como misión la aplicación, control y fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y sus normas complementarias y modificatorias.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/2021 del 11 de marzo de 2021 se prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021, en los mismos términos que la otorgada por el citado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20.

Que el artículo 1° del Decreto Nº 328/2020 autorizó a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Que con el fin de asegurar el normal desenvolvimiento de la Agencia, corresponde efectuar las prórrogas de las designaciones transitorias de las personas detalladas en el Anexo IF-2021-47432124-APN-DNAAJYM#ANMAC, por el término de ciento ochenta días hábiles contados a partir del 29 de Mayo de 2021, en las mismas condiciones y autorizaciones con que fueron designados.

Que dichas designaciones transitorias preveían asimismo que los cargos involucrados debían ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de las normas por las cuales se los designa y/o prorroga.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignada la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, resulta oportuno y conveniente disponer las prórrogas de las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados, en las condiciones establecidas en las respectivas designaciones.

Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo y de no resentir sus propias actividades, resulta pertinente el dictado de la presente medida, por la cual se prorroga las designaciones transitorias de los mencionados agentes.

Que se cuenta con el crédito necesario a fin atender el gasto resultante de las prórrogas alcanzadas por la presente medida.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 12 y 13 de la Ley N° 27.192, el artículo 1º del Decreto Nº 328/2020 y el Decreto N° 398/2020.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Dénse por prorrogadas a partir del 29 de mayo de 2021, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las designaciones transitorias de las personas consignadas en el Anexo IF-2021-47432124-APN-DNAAJYM#ANMAC que forma parte integrante de la presente medida, en los cargos de la planta permanente de esta Agencia y en los niveles, grados, unidades organizativas y funciones que se detallan en dicho Anexo, con las mismas condiciones y autorizaciones que fueran dispuestas oportunamente.

ARTICULO 2º.- Los cargos involucrados en el artículo 1° de la presente medida deberán ser cubiertos conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el referido Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 29 de mayo de 2021.

ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS – SAF N° 208 – AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ramiro Urristi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/06/2021 N° 40370/21 v. 14/06/2021

Fecha de publicación 14/06/2021