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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 527/2021

DECAD-2021-527-APN-JGM - Contratación Directa por Exclusividad N° 1/2021.

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-01241228-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Contratación Directa por Exclusividad N° 1/21 del MINISTERIO DE SALUD para la adquisición de CIENTO VEINTISÉIS MIL (126.000) comprimidos, cápsulas o tabletas del medicamento coformulado de Glecaprevir 100 mg y Pibrentasvir 40 mg, solicitada por la DIRECCIÓN DE RESPUESTA AL VIH, ITS, HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS del citado Ministerio.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que del Acta de Apertura de fecha 8 de febrero de 2021 surge la presentación de la oferta de la firma ABBVIE S.A. por un monto total de PESOS TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA ($317.624.580).

Que la DIRECCIÓN DE RESPUESTA AL VIH, ITS, HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente Informe Técnico de la oferta presentada, del cual surge que la misma cumple con las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el Expediente respectivo recomienda la adjudicación de la oferta de la firma ABBVIE S.A. por ser válida y conveniente.

Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo con la mencionada recomendación.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 997 del 14 de abril de 2021 se autorizó la convocatoria de la referida Contratación Directa por Exclusividad N° 1/21 y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el procedimiento llevado a cabo en el marco de la referida contratación.

Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de Precios Testigo conforme lo establecido en el inciso c) del artículo 3° del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 36 del 20 de marzo de 2017 y sus modificatorias.

Que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que demande la presente medida.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y complementarios y el artículo 9°, inciso e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N° 1/21 del MINISTERIO DE SALUD, que tiene por objeto la adquisición de CIENTO VEINTISÉIS MIL (126.000) comprimidos, cápsulas o tabletas del medicamento coformulado de Glecaprevir 100 mg y Pibrentasvir 40 mg, a favor de la firma ABBVIE S.A. (CUIT 30-71239962-3) por la suma total de PESOS TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA ($317.624.580).

ARTÍCULO 2º.- La suma total de PESOS TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA ($317.624.580) será imputada con cargo a la partida específica del presupuesto correspondiente al MINISTERIO DE SALUD para el presente Ejercicio.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD a suscribir la pertinente Orden de Compra.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario y/o cocontratante respecto de la contratación directa por exclusividad que por este acto se adjudica.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Carla Vizzotti

e. 01/06/2021 N° 36865/21 v. 01/06/2021

Fecha de publicación 01/06/2021