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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 290/2021

RESOL-2021-290-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2021

Visto el expediente EX-2021-13701698-APN-DGDA#MEC, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), ente de Derecho Público no Estatal con jurisdicción en todo el territorio de la República Argentina.

Que el artículo 33 del decreto 1240 del 12 de julio de 2002 establece que el presupuesto del Instituto Nacional de la Yerba Mate será remitido para su aprobación por parte del Poder Ejecutivo Nacional en los términos establecidos para las instituciones del Sector Público Nacional definidas en el inciso c del artículo 8° de la ley 24.156.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprúebase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), ente de Derecho Público no Estatal con jurisdicción en todo el territorio de la República Argentina, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I (IF-2021-17852226-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-17852247-APN-SSP#MEC), que integran esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de quinientos cincuenta y un millones seiscientos dos mil doscientos treinta y cinco pesos ($ 551.602.235) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de seiscientos veinte millones quinientos veintiséis mil trescientos nueve pesos ($ 620.526.309), los gastos corrientes, y como consecuencia de ello, aprúebase el Resultado Económico (Desahorro) estimado en sesenta y ocho millones novecientos veinticuatro mil setenta y cuatro pesos ($ 68.924.074), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-17852247-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de catorce millones quinientos mil pesos ($ 14.500.000) los recursos de capital y fíjanse en la suma de cuarenta y tres millones setecientos noventa y dos mil doscientos cincuenta y tres pesos ($ 43.792.253) los gastos de capital, y como consecuencia de ello aprúebase el Resultado Financiero (Déficit) estimado en noventa y ocho millones doscientos dieciséis mil trescientos veintisiete pesos ($ 98.216.327), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-17852247-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/05/2021 N° 34868/21 v. 26/05/2021

Fecha de publicación 26/05/2021