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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 569/2021

RESOL-2021-569-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2021

VISTO el EX-2021-42576348- -APN-GCYCG#INCAA, del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, Nº 167 de fecha 11 de marzo de 2021, Nº 235 de fecha 08 de abril de 2021, Nº 287 de fecha 01de mayo de 2021, y las Resoluciones INCAA N° 165-E de fecha 28 de marzo de 2020, Nº 166-E de fecha 27 de marzo de 2020, Nº 232-E de fecha 13 de mayo de 2020, Nº 346-E de fecha 02 de julio de 2020, Nº 574-E de fecha 29 de septiembre de 2020, Nº 672-E de fecha 02 de noviembre de 2020, Nº 754-E de fecha 28 de noviembre de 2020, Nº 60-E de fecha 11 de enero de 2021 y Nº 86-E de fecha 21 de enero de 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES fue creado por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001), con las modificaciones introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1536/2002 y funciona como un Ente Público No Estatal en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA.

Que el Artículo 1º de la ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, dispuso que el INCAA tendrá a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.

Que tal como es de público y notorio conocimiento, y en función de la pandemia por el virus conocido como COVID-19 se ha dispuesto el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

Que por Decreto Nº 167/2021 se dispuso hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia en materia sanitaria.

Que por Decreto Nº 235/2021, dispuso nuevas medidas de prevención tendientes a contener y mitigar la propagación de la epidemia de COVID-19 con la finalidad de preservar la salud pública, adoptándose en tal sentido medidas proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma sectorizada, razonable y temporaria.

Que atento lo expuesto, el Poder Ejecutivo Nacional ha dictado nuevas medidas preventivas ante el avance y progreso del virus SARS-CoV-2 y sus diversas variantes, hasta el día hasta el día 21 de mayo de 2021 inclusive, en los términos del Decreto Nº 287/2021.

Que este contexto, deviene en necesario la realización de medidas que repercutan en acrecentar las posibilidades de las producciones cinematográficas de desarrollarse, entendiendo el contexto y permitir el sostenimiento de las obras sociales para asistir a los trabajadores del sector audiovisual.

Que el Organismo dio cuenta de esta situación de emergencia a través del dictado de las Resoluciones INCAA Nº 165-E/2020, Nº 166-E/2020, Nº 232-E/2020, Nº 346-E/2020, Nº 574-E/2020, Nº 672-E/2020, Nº 754-E/ 2020, Nº 60-E/2021 y Nº 86-E/2021.

Que al limitarse la contratación y remuneración de los trabajadores quedan condicionados los aportes de obra social con lo cual se agrava aún más la penosa situación que los mismos atraviesan al estar en riesgo la continuidad de su sistema de salud y la atención de los trabajadores y sus familias.

Que, en virtud del permanente dialogo sostenido entre el INCAA y los sindicatos SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA ARGENTINA (SICA), SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTÁCULO PÚBLICO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SUTEP), SINDICATO ARGENTINO DE MUSICOS (SADEM), y el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (SATSAID), se plantea la necesidad de instrumentar acciones dirigidas a paliar la situación descripta anteriormente.

Que conforme el art. 24° inciso m) de la Ley 17.741 (t.o. 2001), corresponde al INCAA atender la ayuda social a quienes trabajan en la actividad cinematográfica, a través de las mutuales u obras sociales reconocidas por este.

Que la Gerencia de Coordinación y Control de Gestión y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y los Decretos N° 1536/2002 y N° 90/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el convenio celebrado entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA ARGENTINA (SICA), identificado como IF-2021-42674987-APN-GCYCG#INCAA, que obra agregado como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el convenio celebrado entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTÁCULO PÚBLICO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SUTEP), identificado como IF-2021-42675224-APNGCYCG#INCAA, que obra agregado como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio celebrado entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el SINDICATO ARGENTINO DE MUSICOS (SADEM), identificado como IF-2021- 44131835-APN-GCYCG#INCAA, que obra agregado como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- Aprobar el convenio celebrado entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (SATSAID), identificado como IF-2021- 42675516-APN-GCYCG#INCAA, que obra agregado como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Instruir a la Gerencia de Coordinación y Control de Gestión a dar cumplimiento a la cláusula SEGUNDA de los CONVENIOS referidos en los artículos 1º, 2º, 3°, y 4° de la presente.

ARTÍCULO 6º.- Imputar el gasto a la partida respectiva del ejercicio financiero 2021 sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Organismo.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

Luis Adalberto Puenzo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/05/2021 N° 34886/21 v. 26/05/2021

Fecha de publicación 26/05/2021