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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 119/2020

Expte. EX-2019-97937177-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 30 de NOVIEMBRE de 2020

El Responsable a cargo del Área de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, ha resuelto: 1.- Sancionar a EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA (EPEC), en su condición de prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 373.809,48), por incumplimientos de lo dispuesto en el Punto 3 del Anexo 28 de LOS PROCEDIMIENTOS (Resolución de la ex-Secretaría de Energía N° 61/92 y sus modificatorias y complementarias) incurridos durante los meses de enero y febrero de 2019, cuyo detalle, duración y monto se efectúa en los Anexos IF-2020-62474602-APN-DTEE#ENRE e IF-2020-62641419-APN-DTEE#ENRE al presente Acto. 2.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en los Anexos IF-2020-62474602-APN-DTEE#ENRE e IF-2020-62641419-APN-DTEE#ENRE a la presente Resolución, efectúe los descuentos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica prestada por EPEC. 3.- Notifíquese a CAMMESA y a EPEC. Hágase saber a esta última que: a) se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de diez (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto N° 1759/72 (t.o. en 2017), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles administrativos contados de igual manera, y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Firmado por

Ing. Jorge Martínez

Jefe del Área de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD.

María Hilda Antúnez, Analista Técnico, Área de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias.

e. 04/12/2020 N° 61161/20 v. 04/12/2020

Fecha de publicación 04/12/2020