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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 532/2020

DI-2020-532-APN-SSGA#MS

Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2020

VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-52366106--APN-DGPFE#MS Contrato de Préstamo BIRF Nro. 9083-AR “Proyecto de emergencia para la Prevención y manejo de la Enfermedad por COVID-19 y fortalecimiento del Sistema Nacional de Preparación y Respuesta de Salud Pública Frente a las Emergencias en Argentina”, Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, el Decreto Nº 387 de fecha 20 de abril del 2020, Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, Decreto Nº 81 del 27 de diciembre de 2019 y Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020, Disposición Nro. Nº 494/2020 de la Subsecretaria de Gestión Administrativa del Ministerio de Salud, de fecha 23 de octubre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el Visto, Expediente Nro. EX-2020-52366106--APN-DGPFE#MS, tramitó el Proceso de Contratación NCS-DIR-01-2020 por el servicio de “Transporte aéreo de los bienes adquiridos por el contrato suscripto con la firma Meheco (China) financiado por el Banco Mundial (GO-DIR-12-2020)”, con la firma AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. (CUIT 30-64140555-4) por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES CON 00/100 (USD 3.000.000,00.-).

Que mediante Disposición N° 494-APN-SSGA#MS/2020, se aprobó EL CONTRATO de acuerdo con las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión (versión julio 2016) en el marco del Proyecto de Respuesta a la Emergencia COVID-19-Préstamo BIRF-9083-AR.

Que mediante el Decreto 387 del 20 de abril del 2020, se aprobó el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF, entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), con el fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de Emergencia para la Prevención y Manejo de la Enfermedad por COVID-19 en la República Argentina”.

Que mediante el artículo 4 del citado Decreto, se designa al MINISTERIO DE SALUD como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Emergencia para la Prevención y Manejo de la Enfermedad por COVID-19 en la República Argentina”, a través de la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS, dependiente de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, la cual será responsable del área sustantiva y de la entonces DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES, actual DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA quien será la responsable del área de coordinación administrativa.

Que mediante el Decreto N° 50/19, se aprueba la conformación organizativa de aplicación de la Administración Nacional Centralizada, creándose la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, teniendo como objetivos “Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos con financiamiento externo”, como así también “Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, proyectos, y asistencias técnicas con financiamiento externo”, entre otros.

Que la firma AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. (CUIT 30-64140555-4) ha suscripto el Contrato con fecha 17 de septiembre del 2020 (IF-2020-69523709-APN-DGPFE#MS), a través del cual se previó la cantidad de vuelos sobre la base de la información de los volúmenes transportables de carga brindada por la firma MEHECO (GO-DIR-12-2020), previo a la entrega de los bienes.

Que, sin embargo, recibida la totalidad de los bienes en entregas diferidas en el almacén del Programa Mundial de Alimentación, el volumen de la carga resultó superior al previsto, por lo cual, AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. (CUIT 30-64140555-4) informó el 13 de noviembre de 2020 la necesidad de realizar un vuelo adicional, que permita completar la entrega de los bienes adquiridos.

Que conforme surge de NO-2020-80399854-APN-SSGA#MS de fecha 20 de noviembre de 2020, el Subsecretario de Gestión Administrativa presta conformidad a la enmienda al “contrato suscripto con la empresa AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. (CUIT 30-64140555-4)”.

Que por lo indicado en considerandos precedentes resulta indispensable realizar una ampliación al Contrato suscripto el 17 de septiembre de 2020 (IF-2020-69523709-APN-DGPFE#MS), estableciéndose un (1) vuelo ida y vuelta adicional por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MIL con 00/100 (USD 500.000,00.-), manteniendo el precio unitario por cada vuelo pactado en el contrato original.

Que asimismo corresponde enmendar el Contrato (IF-2020-69523709-APN-DGPFE#MS), conservando su plena vigencia todos los términos que no hayan sido expresamente modificados.

Que dicho Proceso de Contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo a las disposiciones del respectivo Convenio de Préstamo suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), Contrato de Préstamos BIRF 9083-AR, y las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión, Bienes, Obras, Servicios de No-Consultoría y Servicios de Consultoría de bienes de Julio de 2016 (Revisada noviembre 2017 y agosto 2018).

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO tomó la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud del Contrato de Préstamo BIRF 9083-AR, el Decreto 945/2017, el Decreto Nº 50/2019 y Decreto N° 81/2019.

Por ello:

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE

ARTICULO 1°.- Apruébese la ampliación al Contrato (IF-2020-69523709-APN-DGPFE#MS) suscripto en el marco del Proceso NCS-DIR-01-2020 para el servicio ADICIONAL de UN (1) vuelo ida y vuelta, en el marco de “Transporte aéreo de los bienes adquiridos por el contrato suscripto con la firma Meheco (China) financiado por el Banco Mundial (GO-DIR-12-2020), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MIL con 00/100 (USD 500.000,00.-), con la firma AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. (CUIT 30-64140555-4), manteniendo plena vigencia todos aquellos término que no hayan sido expresamente modificados en el mismo.

ARTICULO 2°.- Apruébese la Enmienda del Contrato (IF-2020-81173194-APN-DGPFE#MS) con la firma AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. (CUIT 30-64140555-4) la cual forma parte integrante del presente.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mauricio Alberto Monsalvo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/11/2020 N° 59682/20 v. 30/11/2020

Fecha de publicación 30/11/2020