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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


FUERZA AÉREA ARGENTINA DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES

Disposición 637/2020

DI-2020-637-APN-DCON#FAA

Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2020

VISTO, el Expediente EX-2020-43114470-APN-DCON#FAA, el procedimiento aprobado por el Decreto DECNU-2020-260- APN-PTE, sus modificatorias y complementarias y,

CONSIDERANDO:

Que el día 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del corona virus como una “pandemia”, dado el alcance y magnitud de personas infectadas y víctimas existentes a nivel global.

Que según lo mencionado anteriormente, el Poder Ejecutivo Nacional ordeno a través del Decreto Nº 297/20, de fecha 19 de marzo de 2020, el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, para todos las personas que habitan en el país o se encuentran en el en forma temporaria.

Que de acuerdo a su artículo 6, inciso 1 ro, las Fuerzas Armadas quedaron exceptuadas del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, por lo cual, la priorización de las actividades generales y operativas de la Fuerza Aérea Argentina, quedaron sujetas a lo dispuesto en el Plan de Operaciones del Comandante Operacional de las FFAA Nº 01/2020 “R” Apoyo a la Emergencia COVID-19, contribuyente a la Directiva del jefe del Estado Mayor Conjunto de las FFAA Nº 1/2020 “R” Apoyo al Plan Operativo de Preparación y Respuesta al COVID-19.

Que mediante la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGN de fecha 19 de marzo de 2020, la Oficina Nacional de Contrataciones aprueba el procedimiento complementario al establecido en la Decisión Administrativa Nº DECAD2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020, para las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, en virtud de la pandemia COVID 19.

Que mediante Solicitud de Contratación Nº 40/39-995-SCO20, el señor Director del Hospital Aeronáutico Central solicitó se efectúe la contratación de la “COMPULSA - COVID19 - N° 7 - ADQUISICION DE INSUMOS BIOMEDICOS DESCARTABLES H. A. CENTRAL - COVID19”, cuyo monto asciende a la suma preventiva de PESOS OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHENTA Y OCHO CON 25/100 CENTAVOS ($ 8.191.088,25).

Que en virtud de lo mencionado anteriormente, se habilita a la Unidad Operativa de Contrataciones 40/39, a realizar el procedimiento de Contratación Directa por compulsa abreviada por emergencia Nº 40/39-0431-CDI20, sin modalidad, por la que se gestiona la “COMPULSA - COVID19 - N° 7 - ADQUISICION DE INSUMOS BIOMEDICOS DESCARTABLES H. A. CENTRAL - COVID19”.

Que debido a la gran cantidad de infectados es imprescindible dar continuidad al servicio que brinda el Departamento Farmacia del Hospital Aeronáutico Central con respecto a la emergencia COVID-19.

Que la presente contratación es fundamental y de extrema necesidad teniendo en cuenta los signos y síntomas que puede manifestar un paciente, influenciado por sus antecedentes de salud y contemplando distintas reacciones hasta la recuperación de la enfermedad. Que durante la internación, desde la fase inicial hasta la fase crítica, o incluso ante la necesidad de intervenciones quirúrgicas se necesitarán insumos biomédicos descartables para la administración de medicamentos, higiene del paciente, preparación de elementos de curación y aquellos que hacen al soporte vital y monitoreo de la evolución del paciente (cánulas, catéteres, sondas para intubación, traqueotomías, agujas, paños para higiene en seco, electrodos, filtros y tabuladoras para respirador, guías para perfusión, insumos para esterilizar material de curación e instrumental, contenedores descartadores para elementos contaminados biológicamente) en cantidad suficiente, como así también material de curación (gasas, apósitos, tela adhesivas), antisépticos, desinfectantes y aquellos elementos que utiliza el personal que conforma el equipo de salud y que cumple turnos respectivo para mantener la asistencia durante las 24 horas del día en las distintas áreas medicas (Guardia, Cirugía, Internación, Cuidados Intensivos, Materno-Infantil), de Diagnóstico (imágenes y bioquímico), de Tratamiento (Farmacia, Fisioterapia y Salud Mental-Social) y servicios complementarios (camilleros y mucamas), como así también las áreas administrativas que asisten al personal profesional y técnico del HAC.

Que se fijó como fecha y hora de apertura de las propuestas el día 16 de julio de 2020 a las 10:00 horas.

Que se difundió la Convocatoria y Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que rigen el llamado en el PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS ELECTRÓNICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COMPR.AR).

Que mediante sistema COMPR.AR se cursó invitación general a todos los proveedores inscriptos en los rubros PROD. MEDICO/FARMACEUTICOS/LAB, EQUIPOS, SANITARIOS, PLOMERIA Y GAS, REPUESTOS, QUIMICOS.

Que realizado el acto de apertura dentro de la fecha y hora fijada presentaron propuestas las Razones Sociales: PROVEX SRL (CUIT 30-71517096-1), ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT 27-16910912-0), MARIA JOSEFINA AVANCINI (CUIT 27-27418547-9), BABILANI HERMANOS S.R.L. (CUIT 33-60773638-9), JUAN CARLOS CARDINALE SRL (CUIT 30-70930125-6), GRIMBERG DENTALES S.A. (CUIT 30-66171566-5), SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA (CUIT 30-70975812-4), LAURA LORENA MEDINA (CUIT 27-27104460-2), BIOSAFETY S.A. (CUIT 30-71563157-8), ANTIGUA SAN ROQUE SRL (CUIT 30-65687578-6), JAEJ S.A (CUIT 30-60656652-9), STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. (CUIT 30-70887571-2), RAUL JORGE LEON POGGI (CUIT 20-08336759-9), ERNESTO VAN ROSUUM Y CIA S.R.L. (CUIT 30-52693485-3), FOC S.R.L. (CUIT 30-65700224-7), FERREIRA IGNACIO EMANUEL (CUIT 20-35618260-0), DIALMED SA (CUIT 30-70841516-9), VIALERG S.A. (CUIT 30-71624187-0), UNIC COMPANY SRL (CUIT 30-60012470-2), PROMEDON S.A. (CUIT 30-61978063-5) y UNOLEX SA (CUIT 33-70936634-9).

Que mediante nota NO-2020-45830992-APN-DCON#FAA de fecha 17 de Julio de 2020 se le solicitó a la Unidad Requirente confeccione el “Informe Técnico” pertinente, el cual fue remitido a la UOC 40/39 mediante NO-2020-47112563-APN-HAC#FAA de fecha 22 de Julio de 2020, y que mediante nota NO-2020-50513088-APN-HAC#FAA, de fecha 03 de Agosto de 2020 la Unidad Requirente rectificó el “Informe Técnico” mencionado anteriormente.

Que mediante NO-2020-50716115-APN-DCON#FAA, de fecha 04 de Agosto de 2020, se le solicitó a la Unidad Requirente amplíe su “Informe Técnico” analizando la NORMAS DEF SAN 1069-F, cuya respuesta se encuentra en NO-2020-52246827-APN-HAC#FAA de fecha 10 de Agosto de 2020.

Que mediante NO-2020-53369498-APN-DCON#FAA, de fecha 13 de Agosto de 2020, se le solicitó a la Unidad Requirente emita un INFORME de EFECTO/IMPACTO sobre los precios de los renglones N° 4, 11, 19, 20, 21, 23, 24, 26, 30, 32, 33, 41, 58, 62 y 71, debido a la diferencia de precios existente entre los importes preventivos y el ofertado por las empresas, cuya respuesta fue remetido mediante NO-2020-54375706-APN-HAC#FAA, de fecha 19 de Agosto de 2020.

Que mediante NO-2020-54521342-APN-HAC#FAA, de fecha 19 de Agosto de 2020, la Unidad Requirente solicito se deje sin efecto la adquisición del renglón N° 21, con motivo de no haberse obtenido un precio de referencia actualizado y con el cual comparar el valor de la oferta para determinar así la conveniencia del mismo, persiguiendo además la finalidad de evitar ulteriores demoras en el proceso en cuestión ya que la totalidad de los insumos abarcados por tal contratación son de necesidad urgente. La resolución recaída para el mencionado renglón surgió de la consideración por parte de los Jefes de los Departamentos Emergencias, Farmacia, Abastecimiento, Enfermería y de la Subdirección Médico Técnica de este Hospital.

Que mediante correo electrónico de fecha 17 de Julio de 2020 se le solicitó a la firma SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES S.A. (CUIT 30-70975812-4) asocie mediante el PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS ELECTRÓNICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COMPR.AR) la garantía de oferta electrónica al proceso licitatorio, adjunta en formato digital junto a su oferta, no obteniendo respuesta en forma ni en tiempo.

Que mediante el PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS ELECTRÓNICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COMPR.AR) se solicito a las firmas ERNESTO VAN ROSUUM y Cía S.R.L. (CUIT 30-52693485-3), RAUL JORGE LEON POGGI (CUIT 20-08336759-9), MARIA JOSEFINA AVANCINI (CUIT 27-27418547-9), SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA (CUIT 30-70975812-4), DIALMED SA (CUIT 30-70841516-9), FERREIRA IGNACIO EMANUEL (CUIT 20-35618260-0), LAURA LORENA MEDINA (CUIT 27-27104460-2), UNOLEX SA (CUIT 33-70936634-9), GRIMBERG DENTALES S.A. (CUIT 30-66171566-5), ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT 27-16910912-0), ANTIGUA SAN ROQUE SRL (CUIT 30-65687578-6), STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. (CUIT 30-70887571-2), VIALERG S.A. (CUIT 30-71624187-0), PROVEX SRL (CUIT 30-71517096-1) y JUAN CARLOS CARDINALE SRL (CUIT 30-70930125-6) subsanar documentación solicitada en la NORMA DEF SAN 1069-F aplicable.

Que conforme a lo establecido en el Anexo a la Disposición Nº 48/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones el Responsable de la Unidad Operativa de Contrataciones emitió informe de recomendación, considerando admisibles y convenientes las ofertas de BABILANI HNOS. S.R.L. (CUIT 33-60773638-9), BIOSAFETY S.A. (CUIT 30-71563157-8), JAEJ S.A (CUIT 30-60656652-9), RAUL JORGE LEON POGGI (CUIT 20-08336759-9), UNIC COMPANY SRL (CUIT 30-60012470-2) y PROMEDON S.A. (CUIT 30-61978063-5); y adjudicar los renglones N° 1, 2, 20, 22, 28, 29, 30, 43, 45, 48, 49, 50, 51, 58 y 61 al oferente BABILANI HNOS. S.R.L. (CUIT 33-60773638-9); los renglones Nº 17 alt. y 18 alt. al oferente BIOSAFETY S.A. (CUIT 30-71563157-8); los renglones Nº 52 y 53 al oferente JAEJ S.A (CUIT 30-60656652-9); los renglones Nº 4, 10, 11, 19, 23, 24, 26, 32, 33, 41, 42, 44, 62, 65, 71 y 72 al oferente RAUL JORGE LEON POGGI (CUIT 20-08336759-9) y los renglones Nº 16, 34 y 59 al oferente UNIC COMPANY SRL (CUIT 30-60012470-2); y considerar inadmisibles las ofertas de ANTIGUA SAN ROQUE SRL (CUIT 30-65687578-6), VIALERG S.A. (CUIT 30-71624187-0), PROVEX SRL (CUIT 30-71517096-1), JUAN CARLOS CARDINALE SRL (CUIT 30-70930125-6), UNOLEX SA (CUIT 33-70936634-9), SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA (CUIT 30-70975812-4), GRIMBERG DENTALES S.A. (CUIT 30-66171566-5) por no cumplimentar en su totalidad con la documentación requerida según NORMAS DEF SAN 1069-F; las ofertas de ERNESTO VAN ROSUUM Y CÍA S.R.L. (CUIT 30-52693485-3), FERREIRA IGNACIO EMANUEL (CUIT 20-35618260-0), DIALMED SA (CUIT 30-70841516-9), ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT 27-16910912-0), MARIA JOSEFINA AVANCINI (CUIT 27-27418547-9), STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. (CUIT 30-70887571-2) y LAURA LORENA MEDINA (CUIT 27-27104460-2) por no subsanar lo requerido en tiempo y en forma y las ofertas de FOC S.R.L. (CUIT 30-65700224-7), SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA (CUIT 30-70975812-4) y STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. (CUIT 30-70887571-2) por no presentar la garantía de mantenimiento de oferta.

Que asimismo se recomienda declarar desiertos los renglones N° 6, 7, 54, 60 y 64 por falta de ofertas; declarar fracasados los renglones N° 3, 5, 8, 9, 12, 13, 14, 15, 25, 27, 31, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 46, 47, 55, 56, 57, 63, 66, 67, 68, 69, 70 y 73 por falta de ofertas válidas y el renglón N° 21 por precio excesivo.

Que se corroboró que las firmas BABILANI HNOS. S.R.L. (CUIT 33-60773638-9), BIOSAFETY S.A. (CUIT 30-71563157-8), JAEJ S.A (CUIT 30-60656652-9), RAUL JORGE LEON POGGI (CUIT 20-08336759-9) y UNIC COMPANY SRL (CUIT 30-60012470-2), no registran sanciones en el REPSAL, no poseen deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP y se encuentren inscriptos con los datos actualizados.

Que la Asesoría Jurídica de la DIRECCIÓN GENERAL DE INTENDENCIA ha tomado la intervención que le compete, emitiendo el Dictamen Jurídico Nº IF-2020-56761781-APN-DGIN#FAA, de fecha 27 de Agosto de 2020, conforme a lo establecido en el Inciso d) del Artículo 7º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, para la validez de los actos administrativos.

Que en cuanto de la autoridad competente para suscribir el acto administrativo, es facultad del señor Director de Contrataciones, la suscripción del pertinente acto administrativo, conforme lo establecido en el Artículo 9, incisos d) y e) del anexo al Decreto Nº 1030/16, anexo IV de la RESOL-2017-169-APN-MD, modificatoria de su similar RESOL-2016-265-E-APN-MD, anexo I de la Directiva Nº 2/16 de la Dirección General de Intendencia, Decreto Nº 963/18, en cuanto a la modificación del valor del módulo y Mensaje Nº 3259 GHO 221444 MAYO 2019 del señor Director General de Intendencia .

Por ello:

EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º - Apruébese el procedimiento de selección elegido, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y lo actuado en la Contratación Directa N° 40/39-0431-CDI20, para la “COMPULSA - COVID19 - N° 7 - ADQUISICION DE INSUMOS BIOMEDICOS DESCARTABLES H. A. CENTRAL - COVID19”.

ARTÍCULO 2º - Adjudíquese la Contratación Directa N° 40/39-0431-CDI20 a las firmas, los renglones por los importes totales y plazo de entrega que abajo se detallan:

Razón SocialBABILANI HNOS. S.R.L.
C.U.I.T. Nº33-60773638-9
Renglón Nº1, 2, 20, 22, 28, 29, 30, 43, 45, 48, 49, 50, 51, 58 y 61
Importe total en PESOSUN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 40/100 CENTAVOS.$ 1.382.789,40
Plazo de Entrega:Primera entrega: Dentro de los CINCO (5) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.
Segunda entrega: Dentro de los QUINCE (15) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.

Razón SocialBIOSAFETY S.A.
C.U.I.T. Nº30-71563157-8
Renglón Nº17 alt. y 18 alt.
Importe total en PESOSCINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CON 00/100 CENTAVOS$ 51.600,00
Plazo de Entrega:Primera entrega: Dentro de los CINCO (5) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.
Segunda entrega: Dentro de los QUINCE (15) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.

Razón SocialJAEJ S.A
C.U.I.T. Nº30-60656652-9
Renglón Nº52 y 53
Importe total en PESOSSEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 CENTAVOS.$ 681.800,00
Plazo de Entrega:Primera entrega: Dentro de los CINCO (5) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.
Segunda entrega: Dentro de los QUINCE (15) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.

Razón SocialRAUL JORGE LEON POGGI
C.U.I.T. Nº20-08336759-9
Renglón Nº4, 10, 11, 19, 23, 24, 26, 32, 33, 41, 42, 44, 62, 65, 71 y 72
Importe total en PESOSCUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 CENTAVOS.$ 4.132.672,00
Plazo de Entrega:Primera entrega: Dentro de los CINCO (5) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.
Segunda entrega: Dentro de los QUINCE (15) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato..

Razón SocialUNIC COMPANY SRL
C.U.I.T. Nº30-60012470-2
Renglón Nº16, 34 y 59
Importe total en PESOSDOSCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 CENTAVOS.$ 222.500,00
Plazo de Entrega:Primera entrega: Dentro de los CINCO (5) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.
Segunda entrega: Dentro de los QUINCE (15) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.

Por ser dichas ofertas admisibles y convenientes, importando la contratación la suma total de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 40/100 CENTAVOS ($ 6.471.361,40).

ARTÍCULO 3º - Desestímese las ofertas de las firmas ANTIGUA SAN ROQUE SRL (CUIT 30-65687578-6), VIALERG S.A. (CUIT 30-71624187-0), PROVEX SRL (CUIT 30-71517096-1), JUAN CARLOS CARDINALE SRL (CUIT 30-70930125-6), UNOLEX SA (CUIT 33-70936634-9), SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA (CUIT 30-70975812-4) y GRIMBERG DENTALES S.A. (CUIT 30-66171566-5) por no cumplimentar en su totalidad con la documentación requerida según NORMAS DEF SAN 1069-F; las ofertas de ERNESTO VAN ROSUUM Y CÍA S.R.L. (CUIT 30-52693485-3), FERREIRA IGNACIO EMANUEL (CUIT 20-35618260-0), DIALMED SA (CUIT 30-70841516-9), ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT 27-16910912-0), MARIA JOSEFINA AVANCINI (CUIT 27-27418547-9), STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. (CUIT 30-70887571-2) y LAURA LORENA MEDINA (CUIT 27-27104460-2) por no subsanar lo requerido en tiempo y en forma y las ofertas de FOC S.R.L. (CUIT 30-65700224-7), SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA (CUIT 30-70975812-4) y STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. (CUIT 30-70887571-2) por no presentar la garantía de mantenimiento de oferta.

ARTÍCULO 4º - Declárese fracasados los renglones N° 3, 5, 8, 9, 12, 13, 14, 15, 25, 27, 31, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 46, 47, 55, 56, 57, 63, 66, 67, 68, 69, 70 y 73 por no haber ofertas admisibles y el renglón N° 21 por precio excesivo.

ARTÍCULO 5º - Declárese desiertos los renglones N° 6, 7, 54, 60 y 64, por no haberse presentado ofertas.

ARTÍCULO 6º - Desígnese al personal integrante de la Comisión de Recepción adjunta mediante el Anexo I de la Solicitud de Contratación:

Titulares:

Mayor D. Martin Manuel, HERMIDA (E. MED. 101.838).

Mayor D. Pablo Andrés, TESTA (E. MED. 101.927).

Mayor Da. Silvana Isabel JUAREZ (E. BIOQ. 102.026).

Suplentes:

Capitán D. Juan Pablo FERNANDEZ (E. MED. 102.410).

Capitán Da. María Nieves AVALOS (E. MED. 102.574).

Capitán D. Cesar Pantaleón BENITEZ (E. MED. 102.887).

ARTÍCULO 7º - Publíquese lo aquí dispuesto en el PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS ELECTRÓNICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COMPR.AR), produciendo tal publicación la notificación de los oferentes.

ARTÍCULO 8º - Impútese los importes mencionados precedentemente, en las partidas que correspondan.

ARTÍCULO 9º - Emítanse las Órdenes de Compra respectivas, en oportunidad de contar con el registro del compromiso presupuestario.

ARTICULO 10º - Verifíquese, previo al libramiento de la orden de pago, la inexistencia de deudas tributarias o previsionales, conforme lo establece la Disposición Nº 48/2020 ONC.

ARTICULO 11º - Ordénese la publicación de lo aquí dispuesto en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 12º - Regístrese, comuníquese, y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Raul Alejandro Fasolis

e. 21/09/2020 N° 40486/20 v. 21/09/2020

Fecha de publicación 21/09/2020