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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1070/2022

RESOL-2022-1070-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2020-76921726- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, las Resoluciones N° 2110 de fecha 29 de diciembre de 2020 y N° 452 de fecha 20 de abril de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución M.C. N° 452/22 (RESOL-2022-452-APN-MC) se aprobó la Tercera Convocatoria Nacional del Programa “FESTIVALES ARGENTINOS” y su Reglamento de Bases y Condiciones que, como ANEXO I (IF-2022-34281377-APN-DAF#MC) forma parte integrante de la citada medida.

Que el Programa tiene como finalidad acompañar y fortalecer las celebraciones populares que se desarrollan en todo el territorio nacional, consolidando escenarios nuevos o emergentes para la presentación de artistas multidisciplinares, conectando los festejos de todo el país, y revalorizando las identidades locales de cada territorio.

Que, en ese marco, y de conformidad con el reglamento en cita, la inscripción a la mentada convocatoria cerró el día 24 de mayo de 2022.

Que considerando el amplio nivel de participación, así como el número de celebraciones inscriptas por los entes organizadores de todas las regiones del país, es necesario redoblar el esfuerzo para contener la referida demanda, garantizando la amplitud, la diversidad y el carácter federal de la convocatoria.

Que, en consecuencia, se ha resuelto ampliar el presupuesto total otorgado a la Tercera Convocatoria Nacional del Programa “FESTIVALES ARGENTINOS” mediante el artículo 3° de la Resolución M.C. N° 452/22 (RESOL-2022-452-APN-MC), originalmente previsto en PESOS SESENTA MILLONES ($60.000.000.-), incrementándolos a PESOS OCHENTA Y TRES MILLONES TREINTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y OCHO ($83.033.168.-).

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, mediante el Decreto N° 882/21 de prórroga de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de 2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios y los Decretos N° 101/85, N° 392/86, N° 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar el Artículo 3° de la Resolución M.C. N° 452/22 (RESOL-2022-452-APN-MC), que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 3°.- Destinar la suma de PESOS OCHENTA Y TRES MILLONES TREINTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y OCHO ($83.033.168.-) para atender los gastos derivados de la convocatoria aprobada por el artículo 1° de la presente medida.”

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA – PROGRAMA 16.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

e. 11/07/2022 N° 52049/22 v. 11/07/2022

Fecha de publicación 11/07/2022